Este lunes tendrá lugar la audiencia constitucional más importante para el Juicio de Amparo promovido por la comunidad indígena ixtacamaxteca de Tecoltemi contra concesiones mineras de Almaden Minerals, cita trascendente no sólo por las acusadas violaciones cometidas contra la comunidad, sino porque podría generar jurisprudencia en favor de la oposición a la Ley Minera, criticada por su carácter inconstitucional.
La cita es este lunes en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla se llevará a cabo la Audiencia Constitucional del Juicio de Amparo que la comunidad nahua y ejido de Tecoltemi interpuso, en abril de 2015, en contra de dos concesiones mineras que la Secretaría de Economía (SE) otorgó en 2003 y 2009 a la minera canadiense Almaden Minerals.
LAS CONCESIONES
Concesiones con los nombres Cerro Grande y Cerro Grande 2, mismas que fueron entregadas –según los indígenas– afectando a diversas comunidades del municipio de Ixtacamaxtitlán, en la Sierra Norte de Puebla, entre las que se encuentra Tecoltemi.
En la demanda de amparo, que ha sido acompañada por Fundar y por el Consejo Tiyat Tlali, la comunidad indígena alega que el Estado mexicano no contó con su consentimiento para otorgar las concesiones sobre su territorio, y que tampoco realizó consulta alguna al respecto.
La comunidad también considera que fue violado su derecho a la tierra y al territorio, pues con las concesiones, el Estado entregó a un particular la posibilidad de disponer de sus tierras y de los recursos en ellas contenidos, para fines de la minería. Debido a estas violaciones, Tecoltemi pide se ordene la cancelación de los títulos de concesión.
Tras casi tres años de juicio y después de diversas estrategias intentadas por la empresa para concluirlo sin dictar sentencia, finalmente el Juzgado de Amparo deberá estudiar el fondo del asunto, analizar no sólo las violaciones cometidas por la SE tras emitir las concesiones en el territorio de Tecoltemi.
También es por las violaciones cometidas por el Congreso de la Unión y el presidente de la República cuando dictó desde 1992 diversos artículos de la Ley Minera que son contrarios a la Constitución y a Tratados Internacionales, pues ponen a disposición de las empresas mineras las tierras y territorios de los núcleos agrarios y de las comunidades indígenas en violación a derechos ya reconocidos, según los indígenas.
Tras la realización de la Audiencia Constitucional el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, dictará sentencia, la cual sin duda será relevante no sólo para Tecoltemi, sino también para los pueblos originarios y los núcleos agrarios del país que están defendiendo la vida de sus comunidades ante la imposición de megaproyectos.