/ miércoles 5 de febrero de 2020

Rechaza Cabildo de Tehuacán tomar protesta a edil suplente

La síndico municipal, Laura Virginia Gallegos, reiteró que la última decisión la tiene el Congreso del Estado

Con 8 votos en contra, 3 abstenciones y 1 voto a favor fue desechado el dictamen que presentó en cabildo extraordinario, el regidor de Nomenclatura, Alejandro Villareal Hernández, para que se le tome protesta como presidente municipal al suplente Andrés Artemio Caballero López.

La mañana de este martes, el funcionario presentó un dictamen en Cabildo, expresando que es lo que corresponde en dicha situación, dada la circunstancia legal en la que se encuentra el alcalde, Felipe Patjane Martínez, sin embargo, su petición no tuvo eco y fue desechada, aun cuando estuvo presente el suplente Andrés Artemio Caballero.

Por su parte la síndico municipal, Laura Virginia Gallegos, reiteró que la última decisión la tiene el Congreso del Estado, ya que al Cabildo sólo le corresponde el criterio del Comité de Vigilancia, en donde se considera que las faltas del alcalde no han sido justificadas.

“Yo creo que tenemos que cuidar los términos legales y los tiempos”, excusó la servidora pública en entrevista, al argumentar que existe un juicio de protección de derecho políticos-electorales del ciudadano, el cual interpuso el suplente Andrés Artemio Caballero López, por lo que están a la espera de que se resuelva.

Cabe mencionar que, dentro del dictamen, Villareal Hernández manifestó en su intervención en Cabildo que se debe dar cumplimiento de acuerdo al artículo 115 de la Carta Magna, en donde señala en los párrafos primero y cuarto de su fracción primera que cada municipio debe ser gobernado por un Ayuntamiento de dirección popular directa.

Esta tiene que ser integrada por un presidente municipal, regidores y síndico que la ley recomienda y en caso de que alguno de ellos deje de desempeñar su cargo, tiene que ser sustituido por su suplente de acuerdo a la ley.

De igual modo, argumentó que el artículo 46 de la Ley Orgánica Municipal establece que los Ayuntamientos están integrados por un presidente municipal, regidores y síndico que por elección popular directa sean asignados de acuerdo a la planilla con más votos.

A pesar de sus premisas fue desechado su dictamen, pues dijo que desafortunadamente los regidores y la síndico argumentaron algunos temas en el Congreso y no lo aprobaron, por lo que argumentó que urge una reunión con todos los regidores y el suplente.

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Con 8 votos en contra, 3 abstenciones y 1 voto a favor fue desechado el dictamen que presentó en cabildo extraordinario, el regidor de Nomenclatura, Alejandro Villareal Hernández, para que se le tome protesta como presidente municipal al suplente Andrés Artemio Caballero López.

La mañana de este martes, el funcionario presentó un dictamen en Cabildo, expresando que es lo que corresponde en dicha situación, dada la circunstancia legal en la que se encuentra el alcalde, Felipe Patjane Martínez, sin embargo, su petición no tuvo eco y fue desechada, aun cuando estuvo presente el suplente Andrés Artemio Caballero.

Por su parte la síndico municipal, Laura Virginia Gallegos, reiteró que la última decisión la tiene el Congreso del Estado, ya que al Cabildo sólo le corresponde el criterio del Comité de Vigilancia, en donde se considera que las faltas del alcalde no han sido justificadas.

“Yo creo que tenemos que cuidar los términos legales y los tiempos”, excusó la servidora pública en entrevista, al argumentar que existe un juicio de protección de derecho políticos-electorales del ciudadano, el cual interpuso el suplente Andrés Artemio Caballero López, por lo que están a la espera de que se resuelva.

Cabe mencionar que, dentro del dictamen, Villareal Hernández manifestó en su intervención en Cabildo que se debe dar cumplimiento de acuerdo al artículo 115 de la Carta Magna, en donde señala en los párrafos primero y cuarto de su fracción primera que cada municipio debe ser gobernado por un Ayuntamiento de dirección popular directa.

Esta tiene que ser integrada por un presidente municipal, regidores y síndico que la ley recomienda y en caso de que alguno de ellos deje de desempeñar su cargo, tiene que ser sustituido por su suplente de acuerdo a la ley.

De igual modo, argumentó que el artículo 46 de la Ley Orgánica Municipal establece que los Ayuntamientos están integrados por un presidente municipal, regidores y síndico que por elección popular directa sean asignados de acuerdo a la planilla con más votos.

A pesar de sus premisas fue desechado su dictamen, pues dijo que desafortunadamente los regidores y la síndico argumentaron algunos temas en el Congreso y no lo aprobaron, por lo que argumentó que urge una reunión con todos los regidores y el suplente.

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