/ lunes 30 de diciembre de 2019

Tras abortar, condenan a mujer indígena a 22 años de prisión en Puebla

Este  caso se encuentra bajo la lupa de la CNDH

Dulce, una mujer indígena de 41 años tendrá que cumplir con una condena de 22 años de cárcel por el delito de homicidio en razón del parentesco, así lo dieron a conocer las autoridades a través del informe “Indígenas en reclusión y debido proceso en su lengua materna”, publicado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

La mujer lleva 10 años en prisión; en aquel entonces tuvo un amorío con un hombre, que no era su pareja y de quien se embarazó.

Dicha situación le provocó mucho temor y es que ya tenía cuatro hijos y un quinto complicaría su manera de vivir pues era trabajadora de una maquiladora y el dinero no era suficiente, es por ello que mantuvo su embarazo en secreto durante ocho meses.

La imputada recordó que un día mientras laboraba comenzó a sentirse mal y se desmayó, cuando reaccionó ya había abortado a una bebé, por angustia a ser juzgada por la sociedad, envolvió el cuerpo y lo enterró en un predio baldío.

Al día siguiente se presentó a laborar y fue ahí donde recibió la visita de los agentes ministeriales, quienes le pidieron que se contactara con un familiar, a pesar de que los oficiales fueron amables, la mujer expresó que pudo ser víctima de discriminación por ser indígena, pues nunca tuvo un abogado defensor.

Dulce, firmó los documentos, sin embargo, no comprendía con exactitud, pues apenas sabía leer y escribir.

Fue así como quedó recluida en el penal de Tehuacán y dejó a sus hijos de 12, 11, 9 y 3 años a cargo de su madre la cual falleció cuatro años después; ahora con 22, 21, 19 y 13, sus hijos continúan visitándola.

Cabe señalar que según el marco normativo del Estado de Puebla, el aborto es una causal tipificada por el artículo 339 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, mismo que es considerado como la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.

Por otra parte, el artículo 342 indica que: se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar.

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Dulce, una mujer indígena de 41 años tendrá que cumplir con una condena de 22 años de cárcel por el delito de homicidio en razón del parentesco, así lo dieron a conocer las autoridades a través del informe “Indígenas en reclusión y debido proceso en su lengua materna”, publicado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

La mujer lleva 10 años en prisión; en aquel entonces tuvo un amorío con un hombre, que no era su pareja y de quien se embarazó.

Dicha situación le provocó mucho temor y es que ya tenía cuatro hijos y un quinto complicaría su manera de vivir pues era trabajadora de una maquiladora y el dinero no era suficiente, es por ello que mantuvo su embarazo en secreto durante ocho meses.

La imputada recordó que un día mientras laboraba comenzó a sentirse mal y se desmayó, cuando reaccionó ya había abortado a una bebé, por angustia a ser juzgada por la sociedad, envolvió el cuerpo y lo enterró en un predio baldío.

Al día siguiente se presentó a laborar y fue ahí donde recibió la visita de los agentes ministeriales, quienes le pidieron que se contactara con un familiar, a pesar de que los oficiales fueron amables, la mujer expresó que pudo ser víctima de discriminación por ser indígena, pues nunca tuvo un abogado defensor.

Dulce, firmó los documentos, sin embargo, no comprendía con exactitud, pues apenas sabía leer y escribir.

Fue así como quedó recluida en el penal de Tehuacán y dejó a sus hijos de 12, 11, 9 y 3 años a cargo de su madre la cual falleció cuatro años después; ahora con 22, 21, 19 y 13, sus hijos continúan visitándola.

Cabe señalar que según el marco normativo del Estado de Puebla, el aborto es una causal tipificada por el artículo 339 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, mismo que es considerado como la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.

Por otra parte, el artículo 342 indica que: se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar.

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