/ miércoles 18 de julio de 2018

Exonera Tribunal Electoral a José Juan Espinosa de multa por violencia política de género

Los Magistrados consideraron que los comentarios fueron "crudos y ofensivos", pero no se basan en su condición de género

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró al diputado local electo, Jose Juan Espinosa Torres, de cometer violencia política de género en contra de la excandidata a diputada federal en el Distrito 10 de Cholula por la coalición "Por México al Frente", Ana Cristina Ruíz Rangel, y por lo cual se le había impuesto una multa superior a 5 mil pesos.

Fue la Sala Superior la instancia que revocó la sentencia que a finales de junio dictó la Sala Regional Especializada en contra del entonces candidato de la coalición "Juntos haremos historia" (Morena, PT y PES), por considerar que cometió violencia política de género al calificar de "infeliz y frustrada" a la candidata panista, a través de una discusión que ambos tuvieron en la red social Facebook.

Los magistrados federales consideraron que si bien los comentarios fueron "crudos" y "ofensivos", dichas descalificaciones no se basan en la condición de género de la víctima, sino que deriva de una crítica al desempeño que ella tuvo como funcionaria pública.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró al diputado local electo, Jose Juan Espinosa Torres, de cometer violencia política de género en contra de la excandidata a diputada federal en el Distrito 10 de Cholula por la coalición "Por México al Frente", Ana Cristina Ruíz Rangel, y por lo cual se le había impuesto una multa superior a 5 mil pesos.

Fue la Sala Superior la instancia que revocó la sentencia que a finales de junio dictó la Sala Regional Especializada en contra del entonces candidato de la coalición "Juntos haremos historia" (Morena, PT y PES), por considerar que cometió violencia política de género al calificar de "infeliz y frustrada" a la candidata panista, a través de una discusión que ambos tuvieron en la red social Facebook.

Los magistrados federales consideraron que si bien los comentarios fueron "crudos" y "ofensivos", dichas descalificaciones no se basan en la condición de género de la víctima, sino que deriva de una crítica al desempeño que ella tuvo como funcionaria pública.

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