La Sala Superior del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEPJF) resolvió el expediente SUP-REP-161/2018, en el que el ciudadano Jesús Miguel Mendoza Trujillo se había quejado por la sentencia que dictó la Sala Regional Especializada, acerca de exonerar a Roberto Ruiz Esparza, candidato a diputado federal por el distrito 11, por la coalición Por Puebla al Frente, por actos anticipados de campaña.
Se dijo que no hubo elementos para identificar que en un evento del pasado 4 de marzo en la Escuela Primaria Rafael Ávila Camacho, el ahora candidato, actuó para posicionar su imagen, usando recursos públicos.
Dicho acto ocurrió cuando Ruiz Esparza era director del Instituto Poblano del Deporte, y ya se había registrado para la precandidatura a la diputación federal por el distrito 11.
La Sala Superior confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada. Fue el pasado 11 de mayo, cuando la Sala Regional Especializada determinó que los elementos que se presentaron contra Ruiz, como fotografías y publicaciones en redes sociales, no fueron suficientes para determinar que hubo actos anticipados de campaña.