/ lunes 21 de septiembre de 2020

Explotación laboral infantil se castigaría hasta con seis años de prisión en Puebla

La iniciativa también agrega a personas con discapacidad y adultos mayores

Desde el Congreso del Estado se busca imponer de tres a seis años de prisión a quien cometa el delito de explotación laboral de menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores, poniéndolos a trabajar o pedir dinero en la vía pública o recintos privados.

La diputada local de Morena, María del Carmen Saavedra Fernández, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Puebla, misma que se encuentra en análisis de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su resolución.

Plantea modificar la denominación de la sección cuarta del capítulo séptimo del libro segundo para agregar el delito de explotación laboral, y el artículo 228 Bis para señalar que:

“Comete el delito de explotación laboral, quien por cualquier medio, regentee, administre, induzca, obtenga un beneficio económico, despoje o retenga una parte o la totalidad del producto del trabajo, a través de la explotación de una o un menor de edad, de una persona con discapacidad o adulta mayor, poniéndola a trabajar o pedir dinero en las calles, avenidas, espacios públicos, recintos privados o cualquier vía de circulación”.

Si la iniciativa es aprobada, la sanción por esta conducta será de tres a seis años de prisión y multa de 300 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es decir de 26 mil 64 a 43 mil 440 pesos, tomando en cuenta que el valor actual es de 86.88 pesos.

PENAS INCREMENTARÁN EN UNA MITAD

Las penas de cárcel y multa se incrementarán en una mitad, es decir a nueve años y hasta 65 mil 160 pesos, cuando la conducta se realice respecto de dos o más sujetos pasivos, o cuando se utilice o emplee violencia, o el delito se cometa por tres o más personas.

Saavedra Fernández plantea reformar el artículo 228 Ter, actualmente derogado, para establecer que, cuando la persona responsable de la explotación laboral, tenga parentesco, conviva o habite ocasional o permanentemente en el mismo domicilio con la víctima, o se trate de su padre o madre, tutor o curador, se le impondrán las mismas sanciones, pero además perderá la patria potestad y cualquier derecho que pudiese tener sobre ella.

Dijo que en el Centro Histórico de la ciudad de Puebla se habían identificado a 60 personas que eran explotadas para pedir limosna, según un diagnóstico del Sistema DIF Municipal.

Además citó un hecho ocurrido en agosto del año pasado cuando un hombre fue denunciado como presunto explotador de personas con discapacidad a quienes obligaba a pedir limosna en los portales del Palacio Municipal, las vigilaba y luego quitaba el dinero.

Desde el Congreso del Estado se busca imponer de tres a seis años de prisión a quien cometa el delito de explotación laboral de menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores, poniéndolos a trabajar o pedir dinero en la vía pública o recintos privados.

La diputada local de Morena, María del Carmen Saavedra Fernández, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Puebla, misma que se encuentra en análisis de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su resolución.

Plantea modificar la denominación de la sección cuarta del capítulo séptimo del libro segundo para agregar el delito de explotación laboral, y el artículo 228 Bis para señalar que:

“Comete el delito de explotación laboral, quien por cualquier medio, regentee, administre, induzca, obtenga un beneficio económico, despoje o retenga una parte o la totalidad del producto del trabajo, a través de la explotación de una o un menor de edad, de una persona con discapacidad o adulta mayor, poniéndola a trabajar o pedir dinero en las calles, avenidas, espacios públicos, recintos privados o cualquier vía de circulación”.

Si la iniciativa es aprobada, la sanción por esta conducta será de tres a seis años de prisión y multa de 300 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es decir de 26 mil 64 a 43 mil 440 pesos, tomando en cuenta que el valor actual es de 86.88 pesos.

PENAS INCREMENTARÁN EN UNA MITAD

Las penas de cárcel y multa se incrementarán en una mitad, es decir a nueve años y hasta 65 mil 160 pesos, cuando la conducta se realice respecto de dos o más sujetos pasivos, o cuando se utilice o emplee violencia, o el delito se cometa por tres o más personas.

Saavedra Fernández plantea reformar el artículo 228 Ter, actualmente derogado, para establecer que, cuando la persona responsable de la explotación laboral, tenga parentesco, conviva o habite ocasional o permanentemente en el mismo domicilio con la víctima, o se trate de su padre o madre, tutor o curador, se le impondrán las mismas sanciones, pero además perderá la patria potestad y cualquier derecho que pudiese tener sobre ella.

Dijo que en el Centro Histórico de la ciudad de Puebla se habían identificado a 60 personas que eran explotadas para pedir limosna, según un diagnóstico del Sistema DIF Municipal.

Además citó un hecho ocurrido en agosto del año pasado cuando un hombre fue denunciado como presunto explotador de personas con discapacidad a quienes obligaba a pedir limosna en los portales del Palacio Municipal, las vigilaba y luego quitaba el dinero.

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