Fallas en portal impiden revisar el cumplimiento de autoridades en transparencia

Belén Cancino

  · sábado 6 de mayo de 2017

Fallas en la plataforma del Sistema de Portales de Obligacionesde Transparencia (SIPOT) impidieron la consulta de la informacióndictada por la Ley General de Transparencia, de 339 ayuntamientos,fideicomisos, partidos políticos, órganos autónomos, sindicatosy de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado dePuebla.

Aunque ayer venció la prórroga aprobada por el SistemaNacional de Transparencia (SNT) para que la información de todoslos sujetos obligados del país estuviera disponible para consultaciudadana en el SIPOT, entre ellos la de los 339 del estado, laplataforma no funcionó correctamente para el caso de Puebla.

En el sitio web para la consulta, la plataforma presentó variasfallas, la primera, por ejemplo, que no exhibía la lista desujetos obligados que deben publicar su información.

Además, tampoco desplegaba los artículos específicos para queel ciudadano pudiera precisar la consulta de información.

En consecuencia, el filtro para que el ciudadano pudiera elegirel formato para que le fuera exhibida la información, tampocofuncionaba.

Pero la consulta de información relativa al estado de Puebla nofue la única que presentó falla, pues en un ejercicio hecho porEl Sol de Puebla se descubrió que los filtros estaban equivocadoso inservibles también para otras entidades, como por ejemplo, parala Ciudad de México y Sonora.

Al respecto, hay que recordar que el SIPOT es una plataformatecnológica desarrollada a nivel federal, en el que debe estardisponible la información que instruye la Ley General deTransparencia de más de 8 mil sujetos obligados de los tresórdenes de gobierno y los tres poderes, de todos los estados delpaís.

Entre la información que debe ser pública a partir de ayer 5de mayo, está la relativa a licitaciones, adjudicaciones,concesiones, uso y destino de recursos públicos, no sólo de lasdependencias y entidades de los gobiernos federal, estatal ymunicipales y de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial,sino también de Fideicomisos, órganos autónomos y otrosorganismos que reciban recursos del erario.

En el caso de los partidos políticos, deberán publicar lasaportaciones económicas que reciben de sus militantes,aportaciones para campañas y la administración de los recursosque reciben, como contratos de servicios.