/ miércoles 4 de diciembre de 2019

Faltó transparencia en designación de titular de Derechos Humanos en Puebla: especialistas

En medición hecha por organizaciones el proceso reprobó seis de siete puntos

La designación del nuevo presidente de la Comisión de Derechos Humanos en Puebla (CDH), José Félix Cerezo Vélez, presentó puntos de avance respecto a procesos anteriores, sin embargo, no hubo transparencia en el proceso y a un mes de la designación no se conoce la metodología con la que se tomó la decisión, afirmaron especialistas.

En conferencia de prensa, Roberto Alonso Muñoz, coordinador del Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática y María del Rosario Arrambide González, directora del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, Sj., presentaron una evaluación de la elección del Ombudsperson en la que calificaron 7 puntos, pero de esta cifra, 6 resultaron deficientes o insuficientes.

Los especialistas explicaron que este proceso de designación era una oportunidad única para dotar de credibilidad y legitimidad a esta institución, no obstante, el proceso fue deficiente y José Félix Cerezo Vélez, no tenía la experiencia necesaria en comparación con sus contrincantes, señalaron.

El 30 de septiembre de este año, ambas instancias, tanto el Observatorio como el Instituto pidieron al Congreso del Estado de Puebla que el proceso fuera conducido con base en 7 criterios y estos fueron los resultados:

1.- Máxima publicidad durante todo el proceso: deficiente

Los organismos pidieron a la presidenta de la comisión de derechos humanos, Estefanía Rodríguez Sandoval la transmisión en internet de las sesiones, este punto se cumplió satisfactoriamente; el segundo criterio fue la creación de un micrositio en la página del Congreso, y eso no fue atendido; en el tercero pidieron las comparecencias públicas y sí fueron abiertas; el cuarto fue la publicación de expedientes de las y los aspirantes pero tampoco fue atendido.

2.- Cumplimiento de los plazos marcados por la convocatoria: satisfactorio

La convocatoria se cumplió pero los especialistas consideraron que faltó claridad en torno a las fechas para la elección y la toma de protesta.

3.- Definición de un perfil ideal, yendo más allá de los requisitos legales: insuficiente

No hay evidencia suficiente para dar cuenta de la existencia de un perfil ideal. A lo largo del proceso no se supo con exactitud si hubo un perfil ideal, qué atributos de incluyeron en él, y qué peso de le dio a la hora de la evaluación.

4.- Discusión pública y amplia entre los encargados de la decisión, particularmente en torno a la idoneidad de las y los candidatos: insuficiente

Las instancias responsables de la decisión no tuvieron una discusión pública y amplia en torno a la designación. En la Comisión sí hubo una discusión pero no fue pública.

5.- Fundamentación de las propuestas y de las decisiones de los órganos encargados exponiendo públicamente sus razones: deficiente.

Más allá de lo dispuesto en la convocatoria, la fundamentación fue escasa, particularmente por no hacerse pública la metodología completa con la que se asignó una calificación a las o los aspirantes que comparecieron ante la comisión.

6.- correspondencia entre la decisión y la evaluación de acuerdo con el perfil ideal: insuficiente.

Al desconocerse si existió o no un perfil ideal, tampoco es posible saber si hubo o no correspondencia ante las decisiones y la evaluación de la Comisión de Derechos Humanos y de la Junta de Gobierno.

7.- participación ciudadana por medio de escritos y cartas, y/o voz en las audiencias: deficiente.

Sobre este criterio tampoco hay información. De acuerdo con Rodríguez Sandoval, sí hubo participación ciudadana ya que se escuchó a organizaciones y expertos. Pero, es una incógnita las preguntas que respondieron las y los aspirantes en sus comparecencias y se desconoce quienes elaboraron las preguntas.

Por todo lo anterior, pidieron a José Félix Cerezo Vélez, adquirir legitimidad a través de cercanía con los ciudadanos, y sensibilizarse con la problemática de derechos humanos que tiene Puebla.

La designación del nuevo presidente de la Comisión de Derechos Humanos en Puebla (CDH), José Félix Cerezo Vélez, presentó puntos de avance respecto a procesos anteriores, sin embargo, no hubo transparencia en el proceso y a un mes de la designación no se conoce la metodología con la que se tomó la decisión, afirmaron especialistas.

En conferencia de prensa, Roberto Alonso Muñoz, coordinador del Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática y María del Rosario Arrambide González, directora del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, Sj., presentaron una evaluación de la elección del Ombudsperson en la que calificaron 7 puntos, pero de esta cifra, 6 resultaron deficientes o insuficientes.

Los especialistas explicaron que este proceso de designación era una oportunidad única para dotar de credibilidad y legitimidad a esta institución, no obstante, el proceso fue deficiente y José Félix Cerezo Vélez, no tenía la experiencia necesaria en comparación con sus contrincantes, señalaron.

El 30 de septiembre de este año, ambas instancias, tanto el Observatorio como el Instituto pidieron al Congreso del Estado de Puebla que el proceso fuera conducido con base en 7 criterios y estos fueron los resultados:

1.- Máxima publicidad durante todo el proceso: deficiente

Los organismos pidieron a la presidenta de la comisión de derechos humanos, Estefanía Rodríguez Sandoval la transmisión en internet de las sesiones, este punto se cumplió satisfactoriamente; el segundo criterio fue la creación de un micrositio en la página del Congreso, y eso no fue atendido; en el tercero pidieron las comparecencias públicas y sí fueron abiertas; el cuarto fue la publicación de expedientes de las y los aspirantes pero tampoco fue atendido.

2.- Cumplimiento de los plazos marcados por la convocatoria: satisfactorio

La convocatoria se cumplió pero los especialistas consideraron que faltó claridad en torno a las fechas para la elección y la toma de protesta.

3.- Definición de un perfil ideal, yendo más allá de los requisitos legales: insuficiente

No hay evidencia suficiente para dar cuenta de la existencia de un perfil ideal. A lo largo del proceso no se supo con exactitud si hubo un perfil ideal, qué atributos de incluyeron en él, y qué peso de le dio a la hora de la evaluación.

4.- Discusión pública y amplia entre los encargados de la decisión, particularmente en torno a la idoneidad de las y los candidatos: insuficiente

Las instancias responsables de la decisión no tuvieron una discusión pública y amplia en torno a la designación. En la Comisión sí hubo una discusión pero no fue pública.

5.- Fundamentación de las propuestas y de las decisiones de los órganos encargados exponiendo públicamente sus razones: deficiente.

Más allá de lo dispuesto en la convocatoria, la fundamentación fue escasa, particularmente por no hacerse pública la metodología completa con la que se asignó una calificación a las o los aspirantes que comparecieron ante la comisión.

6.- correspondencia entre la decisión y la evaluación de acuerdo con el perfil ideal: insuficiente.

Al desconocerse si existió o no un perfil ideal, tampoco es posible saber si hubo o no correspondencia ante las decisiones y la evaluación de la Comisión de Derechos Humanos y de la Junta de Gobierno.

7.- participación ciudadana por medio de escritos y cartas, y/o voz en las audiencias: deficiente.

Sobre este criterio tampoco hay información. De acuerdo con Rodríguez Sandoval, sí hubo participación ciudadana ya que se escuchó a organizaciones y expertos. Pero, es una incógnita las preguntas que respondieron las y los aspirantes en sus comparecencias y se desconoce quienes elaboraron las preguntas.

Por todo lo anterior, pidieron a José Félix Cerezo Vélez, adquirir legitimidad a través de cercanía con los ciudadanos, y sensibilizarse con la problemática de derechos humanos que tiene Puebla.

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