Ahora los funcionarios de los tres poderes del Estado poblano que resulten responsables de haber cometido actos de acoso sexual serán suspendidos de sus puestos sin responsabilidad para el gobierno.
El Congreso de Puebla aprobó una reforma a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, en la cual se agregó una nueva fracción al artículo 42, en el cual se establecen las condiciones por las que un funcionario puede ser suspendido sin consecuencias legales para su empleador.
Según se estableció en la publicación del 11 de abril en el Periódico Oficial del Estado (POE), la nueva medida se tomará siempre y cuando una autoridad determine que un servidor público haya cometido actos de hostigamiento o acoso sexual.
“Cuando por resolución formal de autoridad competente se declare que el trabajador cometió actos de hostigamiento o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo”, se precisó en el documento.
Además, establece que la violencia de género debe ser intolerable en las instituciones del Estado: “Que no se deben tolerar estos actos de violencia en ningún lado, ni dentro de las dependencias de los Poderes Legislativos, Ejecutivo y Judicial del Estado”.
De acuerdo con el decreto, el tipo de violencia contra las mujeres más común que ocurre en Puebla es el hostigamiento sexual.
Finalmente, cabe mencionar que, según datos de la Fiscalía General del Estado (FGE), durante el primer trimestre de 2023 se iniciaron 235 denuncias por abuso sexual, 78 por acoso sexual y 19 por hostigamiento sexual.