/ viernes 1 de julio de 2022

IEE calculó mal los votos para anular registro de Compromiso por Puebla: TEEP

El Tribunal Electoral determinó que el IEE aplicó mal la fórmula para calcular los votos y anular el registro de Compromiso por Puebla

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) calculó mal los votos con los que anuló el registro de Compromiso por Puebla, por lo que ordenó contar nuevamente los sufragios.

Durante la sesión no presencial los magistrados analizaron el asunto TEEP-A-002/2022 que interpuso la fuerza política contra el IEE con el fin de buscar nuevamente tener presencia a nivel local.

La magistrada Idamis Pastor Betancourt señaló que el Consejo General del IEE hizo una aplicación inadecuada de los criterios para determinar la votación porque no se tomaron en cuenta los votos de las candidaturas independientes.

“Se advierte la inexacta aplicación de los criterios para realizar cálculo del umbral del tres por ciento por parte del Consejo General del Instituto Electoral del Estado al no tomar en consideración los votos obtenidos por las candidaturas independientes y el momento procesal en que midieron dicha resolución”, expuso la magistrada.

Ante esto, el TEEP ordenó que el instituto nuevamente cuente los votos que no consideró para determinar si Compromiso por Puebla conservará su registro o no.

El año anterior el instituto declaró la pérdida de registro por no alcanzar el tres por ciento de la votación en la elección del 6 de junio.

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) calculó mal los votos con los que anuló el registro de Compromiso por Puebla, por lo que ordenó contar nuevamente los sufragios.

Durante la sesión no presencial los magistrados analizaron el asunto TEEP-A-002/2022 que interpuso la fuerza política contra el IEE con el fin de buscar nuevamente tener presencia a nivel local.

La magistrada Idamis Pastor Betancourt señaló que el Consejo General del IEE hizo una aplicación inadecuada de los criterios para determinar la votación porque no se tomaron en cuenta los votos de las candidaturas independientes.

“Se advierte la inexacta aplicación de los criterios para realizar cálculo del umbral del tres por ciento por parte del Consejo General del Instituto Electoral del Estado al no tomar en consideración los votos obtenidos por las candidaturas independientes y el momento procesal en que midieron dicha resolución”, expuso la magistrada.

Ante esto, el TEEP ordenó que el instituto nuevamente cuente los votos que no consideró para determinar si Compromiso por Puebla conservará su registro o no.

El año anterior el instituto declaró la pérdida de registro por no alcanzar el tres por ciento de la votación en la elección del 6 de junio.

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