/ lunes 12 de junio de 2023

IMSS San José pagará a familia por negligencia médica

La CNDH determinó que se cuenta con evidencias que permiten acreditar la violación al derecho a la protección de la salud

Un adulto mayor falleció en el centro médico "Manuel Ávila Camacho" mejor conocido como el IMSS de San José por negligencia médica y por este motivo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) pidió al Instituto que dé una compensación económica a los familiares y que arranque una investigación para que, dentro de sus atribuciones, apliquen las sanciones conducentes y se subsane la irregularidad que se registró.

La persona que hizo la denuncia ante la CNDH fue el hijo del adulto mayor, quien dijo que el 26 de diciembre de 2021, su padre padecía de hipertensión de más de 5 años y que justo en esa fecha comenzó́ a sentir dolor de cabeza, vomito y dificultad para caminar, por lo cual lo llevaron al servicio de urgencias de dicho hospital.

En este lugar fue recibido y le diagnosticaron un derrame en la parte frontal de la cabeza, siendo intervenido quirúrgicamente al día siguiente y le manifestaron que todo había salido bien, sin embargo, el 6 de enero del 2022, el señor se puso grave. Su hijo le llamó a una enfermera y esta a su vez a un médico, quien intentó resucitarlo, pero ya había sido demasiado tarde.

Con motivo de lo anterior, la Comisión Nacional inició el expediente de queja CNDH/5/2022/1560/Q, y para documentar las violaciones a los derechos humanos se solicitó información al IMSS como notas de valoración, nota de primer contacto, nota médica de clasificación de paciente, entre otros documentos.

¿Qué hicieron mal los médicos?

Al concluir su investigación, la CNDH determinó que se cuenta con evidencias que permiten acreditar la violación al derecho a la protección de la salud, a la vida así como a la información en materia de salud, en agravio del adulto mayor, y que estas violaciones son atribuibles a personal médico de dicho nosocomio.

El organismo determinó lo anterior, debido a que los médicos y enfermeras no lo canalizaron a la Unidad de Cuidados Intensivos posterior a su intervención, a sabiendas de que sufría de hipertensión y que después de 48 horas de permanecer intubado para contar con oxigenación por medio de la ventilación mecánica, era obligación verificar que no se hubiese desarrollado una infección pulmonar.

Fue así que emitieron las siguientes recomendaciones:

El IMSS deberá proporcionar la atención psicológica y tanatológica que requieran los familiares del señor, y esta ayuda deberá otorgarse por personal profesional especializado, atendiendo a sus necesidades específicas. También tendrá que ser gratuita y de forma inmediata.

También solicitó una compensación económica que debe otorgarse de forma apropiada y proporcional a la gravedad de la violación (no indicaron cantidad). Esta incluye los perjuicios, sufrimientos y perdidas económicamente evaluables que sean consecuencia de la violación de derechos humanos, como el daño moral, lucro cesante, la perdida de oportunidades, los daños patrimoniales, tratamientos médicos o terapéuticos y demás gastos que hayan provenido de los hechos violatorios de derechos humanos.

Por último, solicitaron que arranque una investigación para que, dentro de sus atribuciones, apliquen las sanciones conducentes y se subsane la irregularidad que se registró.

Un adulto mayor falleció en el centro médico "Manuel Ávila Camacho" mejor conocido como el IMSS de San José por negligencia médica y por este motivo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) pidió al Instituto que dé una compensación económica a los familiares y que arranque una investigación para que, dentro de sus atribuciones, apliquen las sanciones conducentes y se subsane la irregularidad que se registró.

La persona que hizo la denuncia ante la CNDH fue el hijo del adulto mayor, quien dijo que el 26 de diciembre de 2021, su padre padecía de hipertensión de más de 5 años y que justo en esa fecha comenzó́ a sentir dolor de cabeza, vomito y dificultad para caminar, por lo cual lo llevaron al servicio de urgencias de dicho hospital.

En este lugar fue recibido y le diagnosticaron un derrame en la parte frontal de la cabeza, siendo intervenido quirúrgicamente al día siguiente y le manifestaron que todo había salido bien, sin embargo, el 6 de enero del 2022, el señor se puso grave. Su hijo le llamó a una enfermera y esta a su vez a un médico, quien intentó resucitarlo, pero ya había sido demasiado tarde.

Con motivo de lo anterior, la Comisión Nacional inició el expediente de queja CNDH/5/2022/1560/Q, y para documentar las violaciones a los derechos humanos se solicitó información al IMSS como notas de valoración, nota de primer contacto, nota médica de clasificación de paciente, entre otros documentos.

¿Qué hicieron mal los médicos?

Al concluir su investigación, la CNDH determinó que se cuenta con evidencias que permiten acreditar la violación al derecho a la protección de la salud, a la vida así como a la información en materia de salud, en agravio del adulto mayor, y que estas violaciones son atribuibles a personal médico de dicho nosocomio.

El organismo determinó lo anterior, debido a que los médicos y enfermeras no lo canalizaron a la Unidad de Cuidados Intensivos posterior a su intervención, a sabiendas de que sufría de hipertensión y que después de 48 horas de permanecer intubado para contar con oxigenación por medio de la ventilación mecánica, era obligación verificar que no se hubiese desarrollado una infección pulmonar.

Fue así que emitieron las siguientes recomendaciones:

El IMSS deberá proporcionar la atención psicológica y tanatológica que requieran los familiares del señor, y esta ayuda deberá otorgarse por personal profesional especializado, atendiendo a sus necesidades específicas. También tendrá que ser gratuita y de forma inmediata.

También solicitó una compensación económica que debe otorgarse de forma apropiada y proporcional a la gravedad de la violación (no indicaron cantidad). Esta incluye los perjuicios, sufrimientos y perdidas económicamente evaluables que sean consecuencia de la violación de derechos humanos, como el daño moral, lucro cesante, la perdida de oportunidades, los daños patrimoniales, tratamientos médicos o terapéuticos y demás gastos que hayan provenido de los hechos violatorios de derechos humanos.

Por último, solicitaron que arranque una investigación para que, dentro de sus atribuciones, apliquen las sanciones conducentes y se subsane la irregularidad que se registró.

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