Iniciativa contra Fake News en Puebla estigmatiza y criminaliza a la prensa

Artículo 19 rechazó la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Puebla

Berenice Martínez | El Sol de Puebla

  · miércoles 29 de abril de 2020

Foto: Bibiana Díaz | El Sol de Puebla

La organización Artículo 19 en México rechazó y expresó su preocupación por la iniciativa de reforma al Código Penal de Puebla, en la cual se busca adicionar un segundo párrafo al artículo 165, con el objetivo de penalizar a todo aquel que difunda o comparta información falsa en plataformas digitales o medios de comunicación durante una contingencia sanitaria.

Ante la iniciativa presentada por los diputados Nora Merino Escamilla, del Partido Encuentro Social, y Gabriel Biestro Medinilla, coordinador de Morena, la organización consideró que la propuesta criminaliza y estigmatiza a la prensa, por lo que pidió que sea retirada a fin de proteger el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información.

Refirió que el texto propuesto añade que la sanción (de dos a seis años de cárcel y multa de hasta 200 salarios mínimos) se aplicará a quien, durante una situación de emergencia sanitaria, epidemia de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, catástrofe que afecten al país o cualquier otra causa de fuerza mayor que afecte al Estado, difunda o transmita información falsa por cualquier medio de comunicación o plataformas digitales, con la que se genere miedo, temor o confusión en la población, o provoque descredito o contradicción con las acciones o políticas implementadas por el Estado.

Artículo 19 estimó que la iniciativa, en caso de aprobarse, constituiría una norma ilegítima, innecesaria y desproporcional, conforme al test previsto en los estándares internacionales, para el establecimiento de restricciones a la libertad de expresión e información.

En un comunicado de prensa, la organización indicó que el texto presentado conlleva una carga estigmatizante en contra del medio periodístico.

Este infiere a priori que existe una intencionalidad de perturbar la paz social por parte de comunicadores y periodistas. De la misma forma, establece conceptos ambiguos que posibilitaría imputaciones indiscriminadas y arbitrarias, al invocar elementos tales como “paz pública”, “menoscabo a la autoridad”, “miedo, temor o confusión en la población”.

Asimismo, cualquier persona que transmita o replique información que la autoridad califique como “falsa”, también podría ser imputada por tal motivo.

LA CRÍTICA O DESCRÉDITO NO DEBE SER PENALIZADO

Artículo 19 mostró preocupación por la adición de la penalización a quien provoque descrédito o contradicción con las acciones o políticas implementadas por el Estado, pues es contraria a las normas nacionales y estándares internacionales sobre libertad de expresión.

“Esta iniciativa es sumamente grave, pues por un lado exime al estado de su responsabilidad de brindar información veraz y eficiente, y por el otro establece responsabilidades y medidas punitivas desproporcionadas. ARTICLE 19 ha documentado una serie de agresiones contra periodistas quienes han sido críticos con el gobierno de Puebla. El mismo gobernador del estado ha emitido declaraciones sobre inmunidad y curas contra el COVID-19 las cuales desinforman y ponen en riesgo a la población”, dijo.

Finalmente, Artículo 19 llamó a los integrantes de la LX Legislatura del Congreso de Puebla, en particular a los diputados Nora Merino y Gabriel Biestro, a retirar esta iniciativa con el fin de proteger el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información.

INICIATIVA PREOCUPA A PERIODISTAS

Por su parte, la Red Nacional de Periodistas, Red Puebla de Periodistas y CIMAC manifestaron su preocupación por la iniciativa que busca reformar el Código Penal para sancionar a quien difunda noticias falsas, pues al ser ambigua podría dar pie a la censura de quienes cuestionen o no estén de acuerdo con las acciones implementadas por el Estado.

La Red Puebla de Periodistas consideró que la propuesta no contempla una definición para el concepto de “información falsa”. Aun cuando este puede resultar entendible para las personas, es necesario puntualizar una definición precisa para no caer en ambigüedades o interpretaciones a modo por parte de los encargados de aplicar la sanción que plantea.