La aplicabilidad de la recién aprobada Ley 3 de 3 en Puebla corre el riesgo de no concretarse para el proceso electoral de 2024, coinciden activistas feministas, quienes, a pesar de reconocer que la decisión del Congreso local fue un avance importante en la defensa de los derechos de las mujeres e infantes, advierten que los violentadores, agresores sexuales y deudores alimentarios todavía pueden ser candidatos o funcionarios.
Para las voceras de las colectivas Red Plural de Mujeres Puebla y REDefine Puebla, María del Socorro Quezada Tiempo y Fernanda Pérez, respectivamente, la reforma aprobada a la Constitución Política del Estado, en la que se prohíbe el ingreso al servicio público, inclusive la posibilidad de ser candidato, a cualquier persona con una sentencia firme por agresiones, violencia sexual o morosidad alimentaria, no se verá aplicada en el futuro próximo.
En entrevista con esta casa editorial, Quezada Tiempo asegura que el dictamen valorado el jueves por el Pleno del Poder Legislativo local evidenció que es necesario que una persona cuente con una sentencia judicial para que sea legalmente incapaz de ser funcionario o ser nominado para un cargo público.
“La ley solamente va a ser aplicable para quienes tengan una sentencia definitiva, es decir, no se vale que esté acusado, pues, aunque sea deudor alimentario real, no se va a poder demostrar hasta que un juez lo diga; y falta que el hombre no recurra a un amparo o a otro instrumento legal”, comparte.
Así, sólo aquellos hombres o mujeres que hayan sido denunciados por agresión o morosidad alimentaria, y cuyos casos hayan finalizado en una resolución firme en su contra, serán incluidos en esta excepción para laborar en la administración pública.
El problema, según la activista, es que un juicio por estas causas suele durar hasta tres años y, además, en muchos casos el victimario interpone recursos de amparo, lo cual puede retrasar incluso más la emisión de una sentencia. Todo ello sin contar los propios obstáculos del sistema judicial, enfatiza.
Además, por si eso fuera poco, Quezada Tiempo subraya que la ley, al no ser retroactiva, considerará únicamente dentro del precepto las sentencias emitidas a partir de su entrada en vigor.
Es decir, sólo los veredictos emitidos después de que la reforma se publique en el Periódico Oficial del Estado (POE) serán tomadas en cuenta, por lo que, una persona que fue identificada como deudora alimentaria o agresora antes de ese paso todavía puede ser candidato o ingresar al servicio público.
Esto mismo aplicará para quienes estén en el Registro Nacional de Personas Sancionadas del Instituto Nacional Electoral (INE), así como quienes tengan una sentencia en su contra emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por violencia política de género. Lo anterior debido a que las sanciones emitidas por dichas autoridades no son permanentes, ya que tienen vigencia limitada.
Por ello, para la representante de la Red Plural de Mujeres Puebla resulta casi imposible que la Ley 3 de 3 se aplique en 2024, sino más bien se verá hasta 2027, cuando ya existan algunas sentencias vigentes.
“No puedes decir ‘ya lo logramos’ cuando en la práctica falta mucho para llegar a eso, y qué bueno; sería más lamentable que ni siquiera existiera (la reforma), porque al final no tendríamos ni siquiera una esperanza para el 2027. Lamentablemente así son las leyes, pero lamento que no sean las personas objetivas y no digan las cosas tal cual son. Se aprobó, pero su aplicabilidad es paulatina, como todas las leyes, no es a lo inmediato”, comparte Quezada Tiempo.
Urge aprobación de la Ley Sabina
Desde la perspectiva de Fernanda Pérez, de REDefine Puebla, el Congreso del Estado debió haber acompañado la aprobación de la Ley 3 de 3 con la emisión de la llamada Ley Sabina, la cual pretende instaurar el primer registro de deudores alimentarios en la entidad, así como otro tipo de restricciones para quienes incumplan sus obligaciones de paternidad y maternidad.
De acuerdo con la activista, además de ser una deuda histórica con las madres del estado que han sido violentadas por los padres de sus hijas e hijos, además de las propias infancias, esta ley ayudaría a que la ciudadanía conozca mejor a sus funcionarios, así como a quienes buscan obtener el voto en las urnas.
Aunado a lo anterior, apunta que, en el contexto de la aprobación de la Ley 3 de 3, contar con un padrón oficial de deudores alimentarios permitiría que el precepto se aplique sin titubeos ni contradicciones.
“Un padrón lo haría más accesible y más transparente para las personas; también en el sentido de que las personas que han denunciado a sus agresores pudieran tener más seguridad (...) Es una deuda con [las madres y las infancias]”, resalta.
Fernanda Pérez menciona que la diputada local emanada de Morena, Daniela Mier Bañuelos, fue una de las parlamentarias que firmó la iniciativa para votar la aprobación de la Ley Sabina en el marco jurídico poblano.
Aunque defiende que la legisladora ha propiciado el parlamento abierto en el análisis de esta iniciativa, es decir, ha involucrado en el procedimiento a grupos civiles como el que ella representa, la activista recuerda que el Congreso poblano está próximo a finalizar su período ordinario de sesiones sin haber votado dicha ley.
“No hay un letargo porque al final se ha seguido trabajando con las legisladoras que han impulsado la iniciativa, sin embargo, pues hay que seguir trabajando para que pueda ser un logro del siguiente periodo ordinario, o sea, que no terminemos el año sin haber oído de la Ley Sabina en el estado”, defiende.
Cabe recordar que la impulsora de la Ley Sabina es Diana Luz Vázquez, quien nombró así al precepto en honor a su hija, quien ha sido violentada por su padre, un militante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Oaxaca, al no hacerse cargo de su manutención.
Además del padrón de deudores alimentarios, esta iniciativa propone que los infractores ingresen al buró de crédito, que se alerte al Registro Civil cuando éstas personas busquen contraer nupcias nuevamente y que se exijan pruebas de laboratorio para reconocer la paternidad.
Autoridad electoral debe ser vigilante
El doctor en Sociología por el Colegio de México e investigador de la Universidad Iberoamericana Puebla, Miguel Calderón Chelius, celebra que la LXI Legislatura haya reformado la Constitución Política del Estado, pues asegura que ello fortalece la administración pública y aumenta “los candados” de ingreso a los procesos electorales.
Según comparte el académico a este diario, uno de los aspectos más importantes tras la aprobación de la Ley 3 de 3 será ver cómo los organismos electorales e instituciones públicas cumplirán con lo resuelto en mayoría legislativa.
Además, aunque el catedrático coincide con Quezada Tiempo en el hecho de que en Puebla existe una justicia tardía, enfatiza en que la exigencia de contar con una sentencia firme para evitar el ingreso de una persona al servicio público o a una contienda electoral es un requisito legítimo y necesario, pues sostiene que debe ser la autoridad judicial quien determine la culpabilidad de una persona, y no precisamente un padrón público.
“Es correcto que se ponga este tipo de candados, efectivamente los procesos judiciales son complejos y la mayor parte de personas que han cometido una falta de orden sexual no tienen una sentencia, están impunes, pero no hay otra manera. Simplemente dejarlo con la denuncia pública se volvería muy peligroso, porque se volvería un mecanismo que podría ser utilizado de forma política inadecuada”, comenta el profesor.
Finalmente, Calderón Chelius hace hincapié en que la reforma constitucional aprobada en el parlamento poblano es un avance significativo, no sólo en la defensa por los derechos de las mujeres, sino también en el fortalecimiento de la administración pública.