La organización civil Corresponsabilidad en el Transporte interpuso una nueva queja ante la Secretaría de Movilidad y Transporte estatal en contra de los servicios de transporte foráneo irregular que prestan las empresas Urbvan y Kolors entre las ciudades de México y Puebla, luego que hay evidencias que sus viajes se han triplicado en los últimos dos meses.
Arturo Balderas Moyano, director general de la organización civil, informó que el lunes se entregó formalmente la nueva denuncia ante la SMT y recordó que en noviembre del 2021 presentó una primera queja sobre esta misma problemática.
Explicó que de un análisis de denuncias presentadas y de la oferta de viajes en las plataformas digitales se obtuvo que sus actividades se han triplicado en los últimos dos meses ya que de ocho corridas diarias que se realizaban en noviembre pasaron a 24 en enero.
Balderas Moyano dijo que estos servicios ya habían sido erradicados en el 2019 gracias a operativos implementados por la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado y el Grupo de Atención Especializado en Transporte de la Guardia Nacional, pero a finales del 2021 fueron reactivados.
Afirmó que la empresa Urbvan utiliza camionetas tipo Van con placas de turismo federal, pero realiza un servicio de ruta fija origen-destino, y la venta de boletos se efectúa de manera digital con lo que se contravienen lo que establece la Ley de Transporte del Estado en los artículos 107 y 120.
“ARTÍCULO 107. Concesión o permiso federal Los vehículos del servicio público de transporte que cuenten con un permiso o concesión otorgados por la autoridad federal competente, deberán solicitar a la Secretaría, la autorización para transitar en la infraestructura vial de caminos de jurisdicción estatal, misma que limitará y regulará los ascensos y descensos de pasajeros. Para el caso del establecimiento de las bases y terminales, éstas deberán ser autorizadas por la citada autoridad, previo estudio técnico correspondiente”, se lee en la legislación.
En el caso del Articulo 120, Arturo Balderas explicó que todas las empresas de redes de transporte están obligadas a registrarse ante la SMT, cosa que no sucede con Urbvan ni Kolors.
El director general de Corresponsabilidad en el Transporte afirmó que otro artículo que violan estas empresas al operar sin terminales es el 46 que establece lo siguiente:
“ARTÍCULO 46. Terminales de pasajeros de competencia federal. Para el establecimiento de terminales de pasajeros de competencia federal en jurisdicción del estado, la autoridad federal deberá previamente obtener la autorización correspondiente por parte de la autoridad competente, cumpliendo con los requisitos que ésta última determine en función de las características que requiera dicha terminal, así como cumplir con los requisitos que establezcan las autoridades competentes”.
Balderas Moyano afirmó que en su queja solicitó a la SMT intensificar los operativos contra dichos servicios irregulares a fin de volver a erradicarlos, ya que, dijo, representan un riesgo para los usuarios toda vez que los seguros del viajero contratados, suelen no surtir efectos en caso de accidente cuando los transportistas prestan un servicio diferente al autorizado.