Aunque el 19 de enero pobladores de Santa María Zacatepec, en el municipio de Juan C. Bonilla, destituyeron al presidente auxiliar por no defender el río Metlapanapa ante la amenaza de un drenaje tóxico, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla confirmó la negativa del ayuntamiento de reconocer la revocación del edil subalterno y el autogobierno en la comunidad indígena.
Los magistrados resolvieron el recurso de apelación que promovieron tres vecinos originarios de la comunidad, Rocío Reyes Martínez, Pedro Medina Popoca y el activista Miguel López Vega, quien fue detenido el 27 de enero por defender el río y días después fue liberado.
Los habitantes que se autodescribieron como indígenas nahuas pretendían controvertir la negativa del ayuntamiento de Juan C. Bonilla de reconocer la revocación del presidente auxiliar de Santa María Zacatepec, así como la nueva autoridad electa en asamblea general por medio de usos y costumbres y como consecuencia la toma de protesta y entrega de bienes.
Los magistrados tomaron como referencia datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) para señalar que Zacatepec es una comunidad urbana con población indígena dispersa, es decir que no está determinada como indígena nahua como se autodescribieron los tres pobladores.
Fue así que el TEEP declaró infundados los agravios expuestos y declaró válido el contenido del oficio del 27 de enero, suscrito por el presidente municipal de Juan C. Bonilla, Joel Lozano Alameda, en el cual respondió a los habitantes que no podía destituir al edil auxiliar porque había sido electo en proceso plebiscitario ni reconocer el autogobierno.