/ domingo 4 de junio de 2023

Mediación de conflictos y reparación del daño, nuevas disposiciones legales en Puebla

Los colegios de todos los niveles en la entidad deben asumir el compromiso de instaurar reglas para la resolución de conflictos

Pese a que previamente la ley solicitaba a las instituciones de educación pública y privada en el estado de Puebla “fomentar” la cultura de la paz, por decreto gubernamental ahora están obligadas a implementar mecanismos de mediación, conciliación y procesos restaurativos entre los estudiantes, esto con la finalidad de reducir la violencia escolar.

De acuerdo con lo resuelto por la Comisión de Educación en el Congreso local, los colegios de todos los niveles en la entidad deben asumir el compromiso de instaurar reglas para la resolución de conflictos entre alumnos, esto a través de la mediación y conciliación, así como la reparación del daño.

Esta determinación entró oficialmente en vigor a partir del 2 de junio, pero el Poder Legislativo poblano lo concluyó de esta manera desde mayo pasado, en sesión de trabajo extraordinaria.

Esta serie de cambios, que fueron avalados por el gobernador de Puebla, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, resultó en la reforma de al menos un par de disposiciones en tres artículos de la Ley de Educación estatal.

En todas las modificaciones se agregó la siguiente redacción “promoverán la cultura de la paz, privilegiando la mediación, la conciliación y los procesos restaurativos, en los casos que proceda”. No obstante, la misma se aplicó en contextos distintos.

Desde la perspectiva del Congreso de Puebla, la solución más pertinente para hacer frente a los actos de violencia escolar es priorizar la mediación de conflictos.

“La violencia en las escuelas tiene un grave impacto en el cumplimiento de los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes, pues en lo inmediato genera un bajo rendimiento académico, llegando incluso a limitar de forma grave su desarrollo pleno; en casos graves, se observa deserción escolar e incluso bullying grave y suicidios, por ello, y al no existir una prevención efectiva ni soluciones que atiendan la problemática a las distintas formas de violencia escolar, no se cumple de forma interdependiente e indivisible con los derechos humanos de los involucrados y, en consecuencia, compromete la consolidación de la enseñanza educativa”, justificó el Poder Legislativo local.

Se trató de los artículos 13, 90 y 91. En el primero se transformó la fracción quinta, en la que se establece que la educación en Puebla debe promover la cultura de la paz, el respeto, la tolerancia y los valores democráticos.

Por su parte, al segundo artículo sólo se le adicionó un tercer párrafo. Ahora el estatuto define que las autoridades educativas están obligadas a privilegiar la mediación de conflictos y la reparación del daño ante cualquier disputa que se genere en sus planteles.

Finalmente, al artículo 91 se le modificó la fracción séptima. Esta disposición señala que las autoridades competentes deben ser notificadas sobre conductas que pudieran constituir una actividad ilícita, no obstante, el diálogo debe privilegiarse en todo momento.

Pese a que previamente la ley solicitaba a las instituciones de educación pública y privada en el estado de Puebla “fomentar” la cultura de la paz, por decreto gubernamental ahora están obligadas a implementar mecanismos de mediación, conciliación y procesos restaurativos entre los estudiantes, esto con la finalidad de reducir la violencia escolar.

De acuerdo con lo resuelto por la Comisión de Educación en el Congreso local, los colegios de todos los niveles en la entidad deben asumir el compromiso de instaurar reglas para la resolución de conflictos entre alumnos, esto a través de la mediación y conciliación, así como la reparación del daño.

Esta determinación entró oficialmente en vigor a partir del 2 de junio, pero el Poder Legislativo poblano lo concluyó de esta manera desde mayo pasado, en sesión de trabajo extraordinaria.

Esta serie de cambios, que fueron avalados por el gobernador de Puebla, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, resultó en la reforma de al menos un par de disposiciones en tres artículos de la Ley de Educación estatal.

En todas las modificaciones se agregó la siguiente redacción “promoverán la cultura de la paz, privilegiando la mediación, la conciliación y los procesos restaurativos, en los casos que proceda”. No obstante, la misma se aplicó en contextos distintos.

Desde la perspectiva del Congreso de Puebla, la solución más pertinente para hacer frente a los actos de violencia escolar es priorizar la mediación de conflictos.

“La violencia en las escuelas tiene un grave impacto en el cumplimiento de los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes, pues en lo inmediato genera un bajo rendimiento académico, llegando incluso a limitar de forma grave su desarrollo pleno; en casos graves, se observa deserción escolar e incluso bullying grave y suicidios, por ello, y al no existir una prevención efectiva ni soluciones que atiendan la problemática a las distintas formas de violencia escolar, no se cumple de forma interdependiente e indivisible con los derechos humanos de los involucrados y, en consecuencia, compromete la consolidación de la enseñanza educativa”, justificó el Poder Legislativo local.

Se trató de los artículos 13, 90 y 91. En el primero se transformó la fracción quinta, en la que se establece que la educación en Puebla debe promover la cultura de la paz, el respeto, la tolerancia y los valores democráticos.

Por su parte, al segundo artículo sólo se le adicionó un tercer párrafo. Ahora el estatuto define que las autoridades educativas están obligadas a privilegiar la mediación de conflictos y la reparación del daño ante cualquier disputa que se genere en sus planteles.

Finalmente, al artículo 91 se le modificó la fracción séptima. Esta disposición señala que las autoridades competentes deben ser notificadas sobre conductas que pudieran constituir una actividad ilícita, no obstante, el diálogo debe privilegiarse en todo momento.

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