El Instituto Electoral del Estado (IEE) modificó el reglamento de reelección para eliminar dos requisitos que debían cumplir los candidatos a diputaciones locales y presidencias municipales, luego que así le ordenó el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).
En sesión ordinaria de este domingo, el Consejo General del IEE atendió a lo ordenado por el TEEP el 1 de abril y modificó el artículo 28 del reglamento para la reelección a cargos de elección popular en Puebla.
Lo anterior consistió en retirar los dos últimos párrafos referentes a la relación de datos generales del personal de apoyo de candidatos en el Congreso del Estado o en los ayuntamientos, según fuera el caso, así como el calendario de actividades de precampaña y campaña previstas.
Además, en la sesión se aprobó modificar los lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en la postulación y registro de candidaturas del Instituto Electoral del Estado en el Proceso Electoral Estatal Ordinario Concurrente 2020-2021.
Tal modificación obedece a la adición de un último párrafo al artículo 10, relacionado con la verificación del cumplimiento del principio de paridad para los partidos políticos que participen por primera vez en el proceso electoral –Encuentro Social, Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México–, a los que no les fueron determinados los bloques de competitividad, con la finalidad de que en los reportes del registro de candidaturas se vea reflejado el cumplimiento de dicho principio por la totalidad de las fuerzas políticas en los municipios y/o distritos.