/ domingo 3 de mayo de 2020

Morena pretende controlar al IEE, TEEP, FGE y la CDH Puebla

La diputada Olga Lucía Romero Garci-Crespo presentó la iniciativa que busca facultar al Congreso para designar a los titulares de los órganos internos de control

En el Congreso de Puebla se discute una iniciativa de Morena para que el legislativo tenga injerencia en los órganos internos de control de organismos autónomos como el Instituto Electoral del Estado, Tribunal Electoral y la Comisión de Derechos Humanos del Estado.

También la Fiscalía General del Estado (FGE), el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado (Itaip) y el Tribunal de Justicia Administrativa.

Se trata de una iniciativa de la diputada Olga Lucía Romero Garci-Crespo del grupo legislativo de Morena, para adicionar los artículos 234 Bis, 234 Ter, 234 Cuáter y 234 Quinquies a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla.

Se busca dar facultades al Congreso para designar a los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado, así como investigar, sustanciar y resolver faltas administrativas no graves.

LA DESIGNACIÓN

La Junta de Gobierno y Coordinación Política propondrá al pleno del Congreso la convocatoria para la designación de los titulares de los órganos internos de control, misma que deberá contemplar que los aspirantes acompañen su declaración de interés.

Será abierta para todas las personas, contendrá las etapas completas para el procedimiento, las fechas límites y los plazos improrrogables, así como los requisitos legales que deben satisfacer los aspirantes y los documentos que deben presentar para acreditarlos.

Para ser titular del órgano interno de control de alguno de los organismos autonómos se deberá cumplir los requisitos que establezcan las leyes de dichos organismos.

La Mesa Directiva expedirá la convocatoria pública aprobada por el pleno para la elección del titular, misma que deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado, en la Gaceta Legislativa del Congreso, en la página web y en periódicos de circulación estatal.

El presidente de la Mesa Directiva turnará los expedientes a la Comisión de Evaluación del Control Interno de los organismos, que se encargará de hacer la revisión a fin de determinar a los aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos.

Los aspirantes deberán comparecer ante la Comisión de Evaluación del Control Interno de los organismos autónomos. Después sesionará para integrar y revisar los expedientes y las entrevistas para formular el dictamen con la lista de candidatos para ser votados en el pleno.

Los grupos parlamentarios a través de la Junta de Gobierno determinarán la propuesta del candidato a titular del órgano interno de cada organismo: IEE, FGE, ITAIP, Tribunal de Justicia Administrativa, TEEP y la CDH. Después se votará en el pleno del legislativo.

Otra propuesta es adicionar el artículo 234 Cuáter para que el Congreso, a través de la Comisión de Evaluación pueda investigar, sustanciar y resolver sobre las faltas administrativas no graves de los titulares de los órganos de control.

Asimismo será competente para investigar y sustanciar las faltas administrativas graves cuya sanción corresponde al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado.

En el Congreso de Puebla se discute una iniciativa de Morena para que el legislativo tenga injerencia en los órganos internos de control de organismos autónomos como el Instituto Electoral del Estado, Tribunal Electoral y la Comisión de Derechos Humanos del Estado.

También la Fiscalía General del Estado (FGE), el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado (Itaip) y el Tribunal de Justicia Administrativa.

Se trata de una iniciativa de la diputada Olga Lucía Romero Garci-Crespo del grupo legislativo de Morena, para adicionar los artículos 234 Bis, 234 Ter, 234 Cuáter y 234 Quinquies a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla.

Se busca dar facultades al Congreso para designar a los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado, así como investigar, sustanciar y resolver faltas administrativas no graves.

LA DESIGNACIÓN

La Junta de Gobierno y Coordinación Política propondrá al pleno del Congreso la convocatoria para la designación de los titulares de los órganos internos de control, misma que deberá contemplar que los aspirantes acompañen su declaración de interés.

Será abierta para todas las personas, contendrá las etapas completas para el procedimiento, las fechas límites y los plazos improrrogables, así como los requisitos legales que deben satisfacer los aspirantes y los documentos que deben presentar para acreditarlos.

Para ser titular del órgano interno de control de alguno de los organismos autonómos se deberá cumplir los requisitos que establezcan las leyes de dichos organismos.

La Mesa Directiva expedirá la convocatoria pública aprobada por el pleno para la elección del titular, misma que deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado, en la Gaceta Legislativa del Congreso, en la página web y en periódicos de circulación estatal.

El presidente de la Mesa Directiva turnará los expedientes a la Comisión de Evaluación del Control Interno de los organismos, que se encargará de hacer la revisión a fin de determinar a los aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos.

Los aspirantes deberán comparecer ante la Comisión de Evaluación del Control Interno de los organismos autónomos. Después sesionará para integrar y revisar los expedientes y las entrevistas para formular el dictamen con la lista de candidatos para ser votados en el pleno.

Los grupos parlamentarios a través de la Junta de Gobierno determinarán la propuesta del candidato a titular del órgano interno de cada organismo: IEE, FGE, ITAIP, Tribunal de Justicia Administrativa, TEEP y la CDH. Después se votará en el pleno del legislativo.

Otra propuesta es adicionar el artículo 234 Cuáter para que el Congreso, a través de la Comisión de Evaluación pueda investigar, sustanciar y resolver sobre las faltas administrativas no graves de los titulares de los órganos de control.

Asimismo será competente para investigar y sustanciar las faltas administrativas graves cuya sanción corresponde al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado.

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