Desde el 2015 y hasta el 2022, en Puebla se registraron un total de 714 casos de mujeres menores de edad que fueron víctimas de estupro. De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), es un delito sexual en el que una persona mayor de edad obtiene el consentimiento de un menor para tener relaciones sexuales. Esto lo hace a través de la seducción o el engaño.
La Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) dio a conocer el número de víctimas mujeres de 0 a 17 años por estupro y el 2015 fue el año con más hechos de este tipo. La incidencia se desarrolló de la siguiente manera: el 2015 cerró con 115 casos, el 2016 bajó a 101 y el decremento siguió para el 2017 con 73 casos.
Para el 2018 se reportaron 70 y un año después, en el 2019 fueron 106. En el 2020 la tendencia fue a la baja con 73, sin embargo, hay que recordar que este año por el inicio de la pandemia, todos los delitos a excepción de la violencia familiar fueron a la baja. Mientras que el 2021 cerró con 95 y el 2022 con 81.
No obstante, la FGE indicó que hay otros 77 casos en donde no se sabe la edad de la mujer y registró este apartado como “sin datos”.
De acuerdo con el Código Penal poblano, se sancionará con prisión de 2 a 8 años y multa de 100 a 350 Unidades de Medida y Actualización, un aproximado de 30 mil pesos, a las personas que comentan estupro. Este delito es cuando un mayor de edad tiene cópula con una persona mayor de 14 años de edad, pero menor de 18, empleando la seducción o el engaño para alcanzar su consentimiento.
Las leyes poblanas indican que, si el sujeto no es mayor de tres años en referencia a la víctima, será acreedor a prisión de seis meses a tres años y multa de 50 a ciento 150 Unidades de Medida y Actualización.
Si el sujeto activo es mayor de tres años en referencia a la víctima, con prisión de dos a ocho años y multa de 100 a 350 Unidades de Medida y Actualización, pero, si además de ser mayor de 3 años en referencia a la víctima, es su pariente, tutor, o tenga alguna representación sobre ella, se sancionará con prisión de 5 a 10 años y multa de 100 a 350 Unidades de Medida y Actualización.
En este último punto aplica si el mayor de edad habita en su mismo domicilio, si es su docente, si es su consejero espiritual, o de alguna forma ejerce influencia moral, física, psicológica o económica en la víctima.
Hay que mencionar que la CNDH cuenta con un reporte de monitoreo legislativo, en donde da a conocer el panorama legislativo en torno a la regulación del estupro y en Puebla celebraron que el estupro ya esté catalogado como delito, que las autoridades establezcan una multa y hasta se considera la reparación del daño.
La información de la Fiscalía se obtuvo gracias a la solicitud de información con el folio 210421523000548.