/ jueves 28 de junio de 2018

Multan al PRI por usar imagen de la hija de Barbosa en spot

El Tribunal Electoral determinó que no se incurrió en calumnia , pero si en mostrar su imagen

Debido al uso indebido de una pauta en tiempos de radio y televisión, con la cual, se involucró en un spot a la hija del candidato a la gubernatura de la coalición Juntos Haremos Historia, Luis Miguel Barbosa Huerta, el PRI pagará una multa de 120 mil 900 pesos, según lo determinado este jueves por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Como parte del expediente SRE-PSC-172/2018, interpuesto por la ciudadana María del Rosario Barbosa Orozco, se determinó que si bien, el PRI no incurrió en calumnia contra ella, dado que en el spot se hacían señalamientos sobre su supuesto patrimonio, sí mostró su imagen en la versión televisiva, mientras en la radiofónica, no hubo sello del partido político que pautó el spot.

“Al analizar el contenido íntegro del spot, la ponencia considera que no hay calumnia porque los cuestionamientos que se plantean no se dirigen de manera particular a la denunciante, sino a Miguel Barbosa por la supuesta falta de claridad en sus operaciones patrimoniales a partir de la declaración 3de3, además, en la parte que se le refiere no se advierte que se le atribuya un hecho falso”, señaló el análisis de los magistrados.

Y es que el PRI pautó un primer spot en el que se acusaba a Luis Miguel Barbosa de tener bienes por 25 millones de pesos, nombrando y exhibiendo a su esposa y a su hija como beneficiarias de dichos bienes.

Aunque las autoridades comiciales mandataron medidas cautelares contra el anuncio, el tricolor volvió a publicar el mismo material, ahora sin los nombres.

Dentro del análisis se dictó un mal uso de la pauta (la segunda versión del spot) debido a que se exhibió la imagen de la denunciante, sin su consentimiento y sin estar inmersa en el proceso electoral.

La queja de la ciudadana María del Rosario, también implicó que el spot pautado en su versión de radio, carecía de emblema o firma del partido emisor, por lo que se prestaba a interpretar el anonimato en la pauta.

Tras el análisis, se multó al partido con mil 500 Unidades de Medida y Actualización (con valor de 80.60 pesos cada una), equivalentes a 120 mil 900 pesos.

Debido al uso indebido de una pauta en tiempos de radio y televisión, con la cual, se involucró en un spot a la hija del candidato a la gubernatura de la coalición Juntos Haremos Historia, Luis Miguel Barbosa Huerta, el PRI pagará una multa de 120 mil 900 pesos, según lo determinado este jueves por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Como parte del expediente SRE-PSC-172/2018, interpuesto por la ciudadana María del Rosario Barbosa Orozco, se determinó que si bien, el PRI no incurrió en calumnia contra ella, dado que en el spot se hacían señalamientos sobre su supuesto patrimonio, sí mostró su imagen en la versión televisiva, mientras en la radiofónica, no hubo sello del partido político que pautó el spot.

“Al analizar el contenido íntegro del spot, la ponencia considera que no hay calumnia porque los cuestionamientos que se plantean no se dirigen de manera particular a la denunciante, sino a Miguel Barbosa por la supuesta falta de claridad en sus operaciones patrimoniales a partir de la declaración 3de3, además, en la parte que se le refiere no se advierte que se le atribuya un hecho falso”, señaló el análisis de los magistrados.

Y es que el PRI pautó un primer spot en el que se acusaba a Luis Miguel Barbosa de tener bienes por 25 millones de pesos, nombrando y exhibiendo a su esposa y a su hija como beneficiarias de dichos bienes.

Aunque las autoridades comiciales mandataron medidas cautelares contra el anuncio, el tricolor volvió a publicar el mismo material, ahora sin los nombres.

Dentro del análisis se dictó un mal uso de la pauta (la segunda versión del spot) debido a que se exhibió la imagen de la denunciante, sin su consentimiento y sin estar inmersa en el proceso electoral.

La queja de la ciudadana María del Rosario, también implicó que el spot pautado en su versión de radio, carecía de emblema o firma del partido emisor, por lo que se prestaba a interpretar el anonimato en la pauta.

Tras el análisis, se multó al partido con mil 500 Unidades de Medida y Actualización (con valor de 80.60 pesos cada una), equivalentes a 120 mil 900 pesos.

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