Miembros del Colegio de Contadores del Estado de Puebla, invitaron a las personas físicas a presentar su declaración anual 2019, que debe hacerse con fecha límite del 30 de abril ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En caso de incumplimiento, advirtieron multas desde 15 mil pesos.
Salvador Méndez Rosales, presidente del Colegio de Contadores, precisó que las personas físicas que ganan menos de 400 mil pesos, no están obligadas a presentar la declaración. Sin embargo, la pueden hacer para tener saldos a favor, en caso de haber hecho deducciones por gastos médicos, colegiaturas, créditos hipotecarios, entre otros conceptos.
Tanto él como el contador David Nieto, dijeron que dentro de las personas físicas se encuentran asalariados, quienes efectúan actividad empresarial o profesional, quienes hacen actividades de arrendamiento, quienes han hecho enajenación de bienes o quienes han ganado premios.
Dijeron que es importante que las personas se asesoren con contadores certificados, para evitar omisiones, errores o falta de información ante el SAT, pues las discrepancias fiscales pueden generar impuestos a cargo para los contribuyentes.
Señalaron que en el estado hay unos 2.5 millones de contribuyentes que deben presentar su declaración, en tanto que se tiene un índice de cumplimiento de hasta el 80 por ciento.
También aclararon que quienes están inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) no están obligados a presentar la declaración.
Una más de las precisiones que hicieron fue que ahora, con el Visor de Nómina para Trabajadores y para Patrones, el SAT ofrece a los contribuyentes, información acerca de sus ingresos y retenciones de impuestos, o sobre el pago a los trabajadores, para evitar que haya errores en la declaración y, posibles saldos en contra.
Para aclarar lo relacionado con la declaración de personas físicas, el colegio dará asesoría gratuita al teléfono 2339500.
DE LAS MULTAS…
Respecto a las sanciones por no presentar la declaración anual de impuestos, el SAT señala que las multas llegan a los 34 mil 730 pesos por cada obligación fiscal que no cumpla el contribuyente en los plazos señalados, incluyendo declaraciones, solicitudes, avisos o constancias.
En tanto, se añaden, de mil 400 pesos a 17 mil 370 pesos, por cada obligación no declarada de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
Otra especificación es que hay multas de, entre 14 mil 230 pesos y hasta 28 mil 490 pesos por omitir presentar las declaraciones por Internet, estando obligado a ello, o por presentarlas fuerza del plazo, o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales.