No hay violación alguna en revelar proyecto de nulidad de elecciones: José Juan

Magistrado aplicó el principio de máxima publicidad, señala

Víctor Hugo Juárez

  · martes 4 de diciembre de 2018

El presidente de la Mesa Directiva en el Congreso del Estado, José Juan Espinosa Torres, calificó como “patadas de ahogado” el recurso de impedimento que anunció el PAN para que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación separe del caso al magistrado, José Luis Vargas Valdez, después de que dio a conocer el proyecto de sentencia en donde revoca el triunfo de Martha Erika Alonso Hidalgo y propone la anulación de la elección a la gubernatura.

Espinosa Torres explicó que a diferencia de un juicio entre particulares, el magistrado recurrió al principio de máxima publicidad por tratarse de un caso de interés público como lo es la elección a la gubernatura.

“Lo que hace el magistrado ponente es aplicar el principio de máxima publicidad que en materia electoral es algo fundamental, es algo muy diferente a un litigio entre particulares que obliga a la secrecía y a la confidencialidad de datos a un asunto de interés público como es la elección de gobernador del estado de Puebla. No hay violación alguna, lo que hay es una desesperación por parte del PAN”.

De igual forma, cuestionó el apoyo que gobernadores del PAN externaron a Martha Erika Alonso, pues acusó que estas muestras obedecen a que sus campañas políticas fueron financiadas con el erario de Puebla.

“Se refleja en el comportamiento del dirigente nacional del PAN, gobernadores, muchos de ellos financiados desde las finanzas de Puebla. Es de extrañarse cómo los gobernadores del PAN están cerrando filas con Martha Erika porque saben muy bien que salió dinero del erario público de Puebla para financiar sus campañas”.

Por su parte, el líder del grupo legislativo de Morena, Gabriel Biestro Medinilla, acusó que la denuncia en contra del magistrado del TEPJF es un intento del PAN por desviar la atención a las formas en que se publicó el proyecto de resolución y no al contenido del mismo, en el que se propone la anulación de la elección.