/ sábado 9 de septiembre de 2017

Obliga amparo contra fotomultas en Puebla a corregir documento de la infracción

Uno de los amparos que se presentó en Puebla en contra de lasfotomultas obligó a la empresa Autotraffic (que es la que operalas infracciones) a corregir el programa al aclarar que se notificade la sanción al propietario del vehículo por ser el obligadoresponsable y no porque sea el responsable de haber excedido loslímites de velocidad.

Así lo reconoció Jaime Ferrer Aldana, representante legal deesta firma que fue fundada el 3 de noviembre de 2003, cuyo programafue implementado en agosto de 2013 en Puebla por parte del entoncesgobernador Rafael Moreno Valle Rosas, dejando en los primeros sietemeses de este año una recaudación de 53 millones 741 mil 015pesos.

En mayo de este año, tras la presentación del amparo 374/2016,el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del SextoCircuito resolvió de inconstitucionales los artículos 53 de laLey de Vialidad para el estado Libre y Soberano de Puebla y 58 desu Reglamento mediante los cuales se aplican las fotomultas enPuebla.

Según la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lassanciones del programa Monitor Vial se deben de imponen alpropietario del vehículo y no al conductor, quien es el que cometela conducta infractora.

Al ofrecer en Puebla una presentación del programa, FerrerAldana minimizó dicho amparo al manifestar que no esjurisprudencia, no obstante, admitió que se hicieron lasadecuaciones correspondiente en la redacción para precisar que lainfracción se envía al propietario por ser el responsableobligado.

“El amparo se concedió, se modificó y se puso: ‘senotifica al propietario del vehículo por ser el obligadoresponsable’, ya no te estoy diciendo que tú ibas manejando,solo que te la mando a ti porque tú eres el propietario entérminos del padrón vehicular”, dijo.

Añadió que por Ley la ciudadanía tiene que avisar a lasautoridades dentro de los 15 días siguientes a la operación quecompró o vendió un automóvil.

Aunque no reveló cuántos amparos se han presentado en Pueblaen contra de las infracciones, el representante legal dijo que nosuperan el 3 por ciento de las fotomultas interpuestas a losautomovilistas. Añadió que en Pachuca se han presentado 2 milamparos de 200 mil infracciones.

Señaló que la SCJN no ha declarado inconstitucionales lasfotomultas sino una parte del procedimiento cuando se vulnera laesfera jurídica del infractor.

En este encuentro con los medios de comunicación, Ferrer Aldanay Rodrigo Rosas, director comercial de Autotraffic, afirmaron queel programa tiene el objetivo de salvar vidas y no recaudatorios.No precisaron qué porcentaje de la recaudación obtenida en Puebladerivada de las fotomultas se le queda a esta empresa.

Uno de los amparos que se presentó en Puebla en contra de lasfotomultas obligó a la empresa Autotraffic (que es la que operalas infracciones) a corregir el programa al aclarar que se notificade la sanción al propietario del vehículo por ser el obligadoresponsable y no porque sea el responsable de haber excedido loslímites de velocidad.

Así lo reconoció Jaime Ferrer Aldana, representante legal deesta firma que fue fundada el 3 de noviembre de 2003, cuyo programafue implementado en agosto de 2013 en Puebla por parte del entoncesgobernador Rafael Moreno Valle Rosas, dejando en los primeros sietemeses de este año una recaudación de 53 millones 741 mil 015pesos.

En mayo de este año, tras la presentación del amparo 374/2016,el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del SextoCircuito resolvió de inconstitucionales los artículos 53 de laLey de Vialidad para el estado Libre y Soberano de Puebla y 58 desu Reglamento mediante los cuales se aplican las fotomultas enPuebla.

Según la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lassanciones del programa Monitor Vial se deben de imponen alpropietario del vehículo y no al conductor, quien es el que cometela conducta infractora.

Al ofrecer en Puebla una presentación del programa, FerrerAldana minimizó dicho amparo al manifestar que no esjurisprudencia, no obstante, admitió que se hicieron lasadecuaciones correspondiente en la redacción para precisar que lainfracción se envía al propietario por ser el responsableobligado.

“El amparo se concedió, se modificó y se puso: ‘senotifica al propietario del vehículo por ser el obligadoresponsable’, ya no te estoy diciendo que tú ibas manejando,solo que te la mando a ti porque tú eres el propietario entérminos del padrón vehicular”, dijo.

Añadió que por Ley la ciudadanía tiene que avisar a lasautoridades dentro de los 15 días siguientes a la operación quecompró o vendió un automóvil.

Aunque no reveló cuántos amparos se han presentado en Pueblaen contra de las infracciones, el representante legal dijo que nosuperan el 3 por ciento de las fotomultas interpuestas a losautomovilistas. Añadió que en Pachuca se han presentado 2 milamparos de 200 mil infracciones.

Señaló que la SCJN no ha declarado inconstitucionales lasfotomultas sino una parte del procedimiento cuando se vulnera laesfera jurídica del infractor.

En este encuentro con los medios de comunicación, Ferrer Aldanay Rodrigo Rosas, director comercial de Autotraffic, afirmaron queel programa tiene el objetivo de salvar vidas y no recaudatorios.No precisaron qué porcentaje de la recaudación obtenida en Puebladerivada de las fotomultas se le queda a esta empresa.

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