/ jueves 20 de octubre de 2022

ONGs ganan amparo para evitar ser criminalizadas por defensa del aborto en Puebla

GIRE, CAFIS y ODESYR ganaron un amparo contra la regulación del delito de aborto en el estado de Puebla

El pasado 14 de octubre las organizaciones GIRE, CAFIS y ODESYR ganaron un amparo contra la regulación del delito de aborto en el estado de Puebla y el Juez de Distrito señaló que los actuales artículos del Código Penal son violatorios de los derechos humanos de las mujeres.

Fue a través de un comunicado de prensa que las organizaciones antes mencionadas confirmaron la victoria del amparo y agregaron que el Juez de Distrito determinó que actualmente las leyes poblanas violan el libre desarrollo de la personalidad de la mujeres, autonomía reproductiva, salud, igualdad, no discriminación, y el derecho a no sufrir violencia.


El documento indicó que estos derechos corresponden a toda persona con capacidad de gestar. Además, que es inconstitucional la prohibición del aborto consentido, así como la sanción al personal que brinde apoyo a la mujer o persona con capacidad para gestar siempre que medie consentimiento.

“Aunque la Constitución local reconoce que la vida debe ser protegida desde la concepción, no debe utilizarse el derecho penal para sancionar a quien decide interrumpir su embarazo”, puntualizaron en su texto.

Hay que dejar en claro que se concedió el amparo para que a ninguna mujer o persona gestante, ni a ningún personal médico, que reciba asesoría, asistencia o defensa de parte de GIRE, CAFIS y ODESYR se le criminalice por abortar o ayudar a que alguien aborte.

Fue en enero cuando se impulsó el amparo para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en varios estados de la República mexicana con base en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se estableció que:

Tanto la criminalización absoluta del aborto como el uso del derecho penal para prohibirlo son inconstitucionales: se debe garantizar a las mujeres y personas gestantes su derecho a decidir sin enfrentar consecuencias penales; y las normas penales de las entidades federativas que criminalizan el aborto de manera absoluta son inconstitucionales.

Hasta ahora se han presentado amparos contra los códigos penales de Puebla, Aguascalientes, Chihuahua, Chiapas, Morelos, San Luis Potosí, Sonora, Jalisco, Querétaro y en contra del Código Penal Federal.

“Las organizaciones que impulsamos esta estrategia jurídica esperamos que el Congreso de Puebla reforme su legislación y que las autoridades de salud garanticen los servicios de aborto para todas las mujeres y personas con capacidad de gestar”, concluyeron.

El pasado 14 de octubre las organizaciones GIRE, CAFIS y ODESYR ganaron un amparo contra la regulación del delito de aborto en el estado de Puebla y el Juez de Distrito señaló que los actuales artículos del Código Penal son violatorios de los derechos humanos de las mujeres.

Fue a través de un comunicado de prensa que las organizaciones antes mencionadas confirmaron la victoria del amparo y agregaron que el Juez de Distrito determinó que actualmente las leyes poblanas violan el libre desarrollo de la personalidad de la mujeres, autonomía reproductiva, salud, igualdad, no discriminación, y el derecho a no sufrir violencia.


El documento indicó que estos derechos corresponden a toda persona con capacidad de gestar. Además, que es inconstitucional la prohibición del aborto consentido, así como la sanción al personal que brinde apoyo a la mujer o persona con capacidad para gestar siempre que medie consentimiento.

“Aunque la Constitución local reconoce que la vida debe ser protegida desde la concepción, no debe utilizarse el derecho penal para sancionar a quien decide interrumpir su embarazo”, puntualizaron en su texto.

Hay que dejar en claro que se concedió el amparo para que a ninguna mujer o persona gestante, ni a ningún personal médico, que reciba asesoría, asistencia o defensa de parte de GIRE, CAFIS y ODESYR se le criminalice por abortar o ayudar a que alguien aborte.

Fue en enero cuando se impulsó el amparo para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en varios estados de la República mexicana con base en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se estableció que:

Tanto la criminalización absoluta del aborto como el uso del derecho penal para prohibirlo son inconstitucionales: se debe garantizar a las mujeres y personas gestantes su derecho a decidir sin enfrentar consecuencias penales; y las normas penales de las entidades federativas que criminalizan el aborto de manera absoluta son inconstitucionales.

Hasta ahora se han presentado amparos contra los códigos penales de Puebla, Aguascalientes, Chihuahua, Chiapas, Morelos, San Luis Potosí, Sonora, Jalisco, Querétaro y en contra del Código Penal Federal.

“Las organizaciones que impulsamos esta estrategia jurídica esperamos que el Congreso de Puebla reforme su legislación y que las autoridades de salud garanticen los servicios de aborto para todas las mujeres y personas con capacidad de gestar”, concluyeron.

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