Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en Puebla operan 26 centros de rehabilitación privados para las adicciones, pero sólo uno cuenta con el aval del gobierno federal y cumple con las normas en materia de derechos humanos.
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El directorio nacional de establecimientos residenciales a cargo de la la Comisión Nacional Contra las Adicciones (CONADIC), con última fecha de actualización en julio de este año, únicamente tiene el registro de un centro de rehabilitación que funciona apegado a las normativas federales, ubicado en la capital poblana.
Esto a pesar de que el Directorio Estadístico de Unidades Económicas (Denue), del Inegi, tiene un conteo de 26 residencias o centros de rehabilitación de salud mental y atención de adicciones que funcionan en territorio estatal.
La falta de protocolos y el desentendimiento de las autoridades por tratarse de entes privados son las principales causas de la proliferación de estos espacios sin regulación en Puebla, lo que deriva en la posible vulneración de los derechos humanos de los usuarios, de acuerdo con especialistas.
¿Cuántos centros de rehabilitación hay en Puebla?
Según datos abiertos del organismo autónomo, en la entidad poblana se tiene un registro de más de dos decenas de unidades económicas con ese giro, es decir, espacios privados que ofrecen atención para personas consumidoras de drogas o con alcoholismo, mismos que van desde los cristianos, grupos de ayuda anónimos y fundaciones que ofrecen apoyo “sin fines de lucro”.
De ellas, 4 están en San Martín Texmelucan y Puebla, respectivamente; 2 en Atlixco, Acatzingo y Zacatlán, cada una; el resto están distribuidas en Teziutlán, Cuautlancingo, Izúcar de Matamoros y Huejotzingo.
Así como Rafael Lara Grajales, Tecamachalco, Tlahuapan, Ajalpan, Tehuacán, Tilapa, San Salvador el Seco y Xicotepec.
En su mayoría los centros informaron que reciben entre 5 a 10 personas, uno de ellos reportó tener una capacidad de albergue de hasta 30 personas.
Anexados padecen vejaciones que violan sus derechos humanos
A decir de Alfonso Chávez González, maestro en psicoterapia psicoanalítica y especialista en temas de adicciones, las altas cuotas de los centros de rehabilitación, así como la falta de infraestructura por parte del sector salud público, obliga a las personas buscar otras alternativas, a pesar de que en algunas ocasiones se vulneren sus derechos humanos.
Sumó que a nivel social persiste la ideología de que las personas con problemas de adicción deben ser castigadas para lograr rehabilitarse, en lugar de verse como un problema de salud que debe ser atendido por especialistas.
El especialista indicó que algunas de las violaciones que se cometen al interior de estos espacios van desde privarlos de su libertad, darles de comer ‘caldo de oso’, elaborado con desperdicios de alimentos, obligarlos a dormir con prendas mojadas, golpes, así como tortura psicológica.
Inclusive, exhibió que les restringen el acceso a un tratamiento farmacológico o los dueños de los espacios los obligan a ingerir bebidas embriagantes hasta convulsionar y acusó que estas prácticas pueden empeorar a tal grado de provocarles la muerte.
Por su parte, Mariana Durán Márquez, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP), agregó que las personas internadas pueden ser víctimas de trabajos forzados, así como una serie de violación a sus garantías individuales.
Entre ellos, dijo que está la violación al disfrute más alto posible de salud, una alimentación adecuada, atención médica adecuada y una vivienda digna.
Marco jurídico para funcionamiento de centros de rehabilitación
La operación de los centros de rehabilitación requiere la tramitación de diversos permisos y autorizaciones por parte de autoridades federales.
Por ejemplo, la Norma Oficial Mexicana (NOM) NOM-028-SSA2-2009 para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, señala que los centros de rehabilitación deben contar con el registro de la CONADIC y deben ser lugares cuya infraestructura salvaguarde los derechos humanos de las personas a tratar.
Al mismo tiempo, la normativa indica que el internamiento debe ser “voluntario” y, en caso de que no sea, debe estar justificado por la necesidad de una atención urgente o por indicación escrita del médico a cargo.
De igual manera señala que se debe contar con personal capacitado y suficiente para llevar a cabo las funciones del establecimiento; la alimentación suministrada a los usuarios debe ser balanceada, en cantidad suficiente y servida en utensilios higiénicos.
También los trabajadores de los centros especializados en adicciones tienen la obligación de vigilar, proteger y dar seguridad a los usuarios, mientras permanezcan al interior, además de que la relación del personal con los usuarios se basará en el respeto a su persona, a sus derechos civiles y humanos.
Además, a nivel local se reformó el artículo 258 Bis del Código Penal del Estado para imponer de uno a cuatro años de cárcel, así como multas de 50 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), al responsable o encargado del establecimiento que preste el servicio sin contar con el registro de la dependencia que se encuentra a cargo del gobierno federal.
A la par se creó la Ley de Salud Mental y Adicciones para el Estado de Puebla en donde se establece que le corresponde al Consejo Estatal Contra las Adicciones (CECA), a cargo de la Secretaría de Salud, supervisar y controlar la creación y funcionamiento de los establecimientos y servicios de salud mental y adicciones, públicos y privados, así como la calidad de los servicios.
Así como, en conjunto con la CDH Puebla, desarrollar estándares de habilitación y supervisión periódica de los servicios de salud mental y de control de adicciones, públicos y privados.
Autoridades se deslindan de sus responsabilidades
A pesar de estos lineamientos, la catedrática de la UPAEP indicó que las autoridades estatales se deslindan de su obligación de regular y vigilar que dichos espacios funcionen con apego a las leyes bajo el argumento de ser entes privados, situación que provoca una serie de consecuencias graves como la omisión de conocer las violaciones a las garantías individuales de las personas.
“Lo más fácil para la Secretaría de Salud es decir que es un establecimiento privado y que no puede intervenir, pero claro que se puede meter porque la ley faculta a dar el cumplimiento del servicio”, puntualizó.
Hizo hincapié en que a pesar de que el Estado tiene la facultad de delegar la prestación de servicios a entes particulares, esto no lo exime de proveer o proteger a las personas que estén ingresadas en este tipo de centros.
Durán Márquez añadió que los lineamientos en la materia no brindan herramientas a los internos ni sus familias para denunciar algún tipo de abuso, pues no hay un ente al que se pueda recurrir en caso de querer exhibir maltratos.
Apostar por capacitación y protocolos de atención
Para Chávez González, la regulación debe dar un giro y enfocarse en obligar a los dueños y quienes imparten los tratamientos a capacitarse en materia de derechos humanos y profesionalizarse, dejando a un lado la prioridad de clausura de establecimientos.
“La mayoría de las personas que forman parte de estos espacios tienen conocimientos de forma empírica y no técnica, eso influye de forma negativa en la forma en que buscan ayudar a las personas con sus adicciones. La autoridad se debe preocupar en obligar la capacitación a que si cierran o no un lugar”, consideró.
En tanto que la académica de la UPAEP dijo que se debe de crear un padrón público de los centros de rehabilitación en territorio estatal, así como la creación de un protocolo para los recluidos en donde puedan acceder a mecanismos para denunciar actos de privación de la libertad y violaciones a derechos.
Por último, enfatizó que las autoridades estatales deben asumir sus funciones y supervisar de forma periódica los servicios de salud mental y de control de adicciones privados.