/ viernes 31 de julio de 2020

Ordena TEPJF a Jesús Zaldívar enviar boletas electorales que le dieron el triunfo en 2019

Esto forma parte del juicio promovido por Eduardo Alcántara quien se inconformó por los resultados de la elección del PAN municipal

La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF requirió al dirigente del PAN en el municipio de Puebla, Jesús Zaldívar Benavides, que envíe toda la documentación de la asamblea municipal del 25 de agosto de 2019 en la que resultó ganador de la contienda.

Lo anterior forma parte del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano que el 17 de febrero el excandidato Eduardo Alcántara Montiel promovió en contra de los resultados de la elección, por lo que el 21 de julio la Sala Regional solicitó los documentos cuyo plazo para remitirlos concluyó el miércoles 29 de julio.

Zaldívar explicó que no se trata de un recuento de votos, sino de información que la autoridad electoral le requirió así como a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional, la Comisión Organizadora del proceso y al Comité Directivo Estatal, todos del PAN.

“Cada uno tendrá que contestar a ese requerimiento, requirió copia certificada. Nosotros le contestamos dentro de nuestras facultades y estaremos a la espera del fallo por parte de la Sala. Ya gané una asamblea, ya se fue a la Comisión Nacional de Justicia y la ratificaron, al tribunal del estado y se ratificó el resultado, estoy confiado de que así será”, dijo.

LA DOCUMENTACIÓN

El expediente SCM-JDC-41/2020 señala que el magistrado José Luis Ceballos Daza requirió a Jesús Zaldívar que enviara en copia certificada los siguientes documentos: las certificaciones donde se da cuenta de lo ocurrido dentro de la asamblea municipal del PAN y el oficio donde consta la certificación de las representaciones en mesa de registro.

Las boletas sobrantes e inutilizadas en la elección del Comité Directivo Municipal (CDM), las de los votos válidos y nulos, así como fotografías de Ana Teresa Aranda que participó como delegada en la asamblea municipal, de militantes y simpatizantes del candidato Zaldívar que realizaron de manera permanente denostaciones públicas en diversos medios.

También los libros del listado nominal que sirvió para el registro de las y los militantes con derecho a participar en dicha asamblea, el acuerdo en el que se haya establecido la forma o método de selección de las representaciones en las mesas de registro, los nombramientos de las personas que estuvieron en las mesas, las actas de instalación y las de cierre.

El acta de recepción de boletas, actas de instalación de las mesas de recepción del voto, las del cierre, acreditaciones de las personas escrutadoras, el documento donde se aprueba el modelo de seguridad de la boleta, el documento donde conste el resguardo de boletas antes de ser entregadas a las mesas receptoras del voto, el que conste la recepción de paquetes electorales, las actas de instalación y de cierre de las mesas de registro, entre otros.

El expediente del TEPJF indica que, en caso de que dicha documentación se encuentre en la bodega de resguardo electoral utilizada en la elección, se deberá asumir medidas que garanticen seguridad en su manejo, así como la certeza de sus resultados, por lo que tendrán que citar a los representantes de Zaldívar y Alcántara, a que presencien la diligencia.

Para el caso de que por alguna causa, no cuente con dicha documentación, de manera fundada y motivada, el dirigente municipal del PAN deberá indicar la causa o razón de tal circunstancia, acompañando los elementos probatorios que así lo demuestren.

Se advirtió al Comité Directivo Municipal que si incumple lo ordenado por el magistrado, se le impondrá alguna de las medidas de apremio y/ correcciones disciplinarias.

La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF requirió al dirigente del PAN en el municipio de Puebla, Jesús Zaldívar Benavides, que envíe toda la documentación de la asamblea municipal del 25 de agosto de 2019 en la que resultó ganador de la contienda.

Lo anterior forma parte del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano que el 17 de febrero el excandidato Eduardo Alcántara Montiel promovió en contra de los resultados de la elección, por lo que el 21 de julio la Sala Regional solicitó los documentos cuyo plazo para remitirlos concluyó el miércoles 29 de julio.

Zaldívar explicó que no se trata de un recuento de votos, sino de información que la autoridad electoral le requirió así como a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional, la Comisión Organizadora del proceso y al Comité Directivo Estatal, todos del PAN.

“Cada uno tendrá que contestar a ese requerimiento, requirió copia certificada. Nosotros le contestamos dentro de nuestras facultades y estaremos a la espera del fallo por parte de la Sala. Ya gané una asamblea, ya se fue a la Comisión Nacional de Justicia y la ratificaron, al tribunal del estado y se ratificó el resultado, estoy confiado de que así será”, dijo.

LA DOCUMENTACIÓN

El expediente SCM-JDC-41/2020 señala que el magistrado José Luis Ceballos Daza requirió a Jesús Zaldívar que enviara en copia certificada los siguientes documentos: las certificaciones donde se da cuenta de lo ocurrido dentro de la asamblea municipal del PAN y el oficio donde consta la certificación de las representaciones en mesa de registro.

Las boletas sobrantes e inutilizadas en la elección del Comité Directivo Municipal (CDM), las de los votos válidos y nulos, así como fotografías de Ana Teresa Aranda que participó como delegada en la asamblea municipal, de militantes y simpatizantes del candidato Zaldívar que realizaron de manera permanente denostaciones públicas en diversos medios.

También los libros del listado nominal que sirvió para el registro de las y los militantes con derecho a participar en dicha asamblea, el acuerdo en el que se haya establecido la forma o método de selección de las representaciones en las mesas de registro, los nombramientos de las personas que estuvieron en las mesas, las actas de instalación y las de cierre.

El acta de recepción de boletas, actas de instalación de las mesas de recepción del voto, las del cierre, acreditaciones de las personas escrutadoras, el documento donde se aprueba el modelo de seguridad de la boleta, el documento donde conste el resguardo de boletas antes de ser entregadas a las mesas receptoras del voto, el que conste la recepción de paquetes electorales, las actas de instalación y de cierre de las mesas de registro, entre otros.

El expediente del TEPJF indica que, en caso de que dicha documentación se encuentre en la bodega de resguardo electoral utilizada en la elección, se deberá asumir medidas que garanticen seguridad en su manejo, así como la certeza de sus resultados, por lo que tendrán que citar a los representantes de Zaldívar y Alcántara, a que presencien la diligencia.

Para el caso de que por alguna causa, no cuente con dicha documentación, de manera fundada y motivada, el dirigente municipal del PAN deberá indicar la causa o razón de tal circunstancia, acompañando los elementos probatorios que así lo demuestren.

Se advirtió al Comité Directivo Municipal que si incumple lo ordenado por el magistrado, se le impondrá alguna de las medidas de apremio y/ correcciones disciplinarias.

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