/ jueves 4 de mayo de 2017

Ordena TEPJF dar prerrogativas a partidos que no alcanzaron 3% en pasada elección

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de laFederación (TEPJF) revocó el acuerdo aprobado por el TribunalElectoral del Estado de Puebla (TEEP) para la asignación deprerrogativas y ordenó al Instituto Electoral del Estado (IEE)devolver el registro al partido Pacto Social de Integración (PSI),regresar el financiamiento a los partidos políticos que noalcanzaron el 3 por ciento de la votación en la pasada elecciónde Gobernador en Puebla, así como a Movimiento Ciudadano a pesarde que no participó.

Con cinco votos a favor y dos en contra, la Sala Superior delTEPJF determinó utilizar los resultados de la elección adiputados locales de 2013 como criterio para la repartición deprerrogativas en este año y no la elección local de 2016 que lequitaba los recursos a los partidos Verde Ecologista (PVEM),Encuentro Social (PES) y del Trabajo (PT) por no alcanzar el 3 porciento de la votación, mientras que PSI perdía el registro por lamisma situación y Movimiento Ciudadano se quedó sin derecho afinanciamiento por no postular candidato.

“Se revoca la sentencia del IEE que determinó la pérdida deregistro del partido político Pacto Social de Integración. Serevoca el acuerdo e interpretación sobre el acceso y distribucióndel financiamiento público estatal para actividades ordinariaspermanentes precisadas en la sentencia. Se ordena al ConsejoGeneral del IEE que a la brevedad emita un nuevo acuerdo definanciamiento en el que observe los lineamientos precisados en elfallo”, fue la sentencia aprobada.

Es por ello que el IEE tiene un plazo de 24 horas después de lasentencia para reasignar la bolsa de 195.2 millones de pesos deprerrogativas entre todos los partidos políticos registrados enPuebla, sin importar si no participaron en la elección del añopasado o no alcanzaron el 3 por ciento de la votación.

De acuerdo con la ponencia del magistrado Reyes RodríguezMondragón, se optó por una resolución que favorece losprincipios de igualdad para que todos los partidos políticostengan acceso al financiamiento público.

Esta decisión generó un debate entre los integrantes de laSala Superior, pues los magistrados Mónica Soto Fregoso y JoséLuis Vargas coincidieron en que este fallo avala el acuerdo 12 delConsejo General del IEE, que de origen viola la ConstituciónPolítica federal.

El magistrado José Luis Vargas consideró que ningún acuerdoaprobado por un organismo administrativo como lo es el IEE estápor encima de lo que marca la Constitución, por lo que lospartidos políticos que participaron o no en las elecciones localesdel año pasado debieron estar sujetos a las sanciones queestablece la Carta Magna en materia de pérdida de registro yprerrogativas a los que no alcancen el 3 por ciento de la votaciónválida emitida.

En ese mismo sentido pronunció su voto la magistrada MónicaFregoso, quien expresó: “Realmente me parece preocupante estarante estas nuevas y recientes reglas contrarias a la Constitucióny reglas adoptadas fuera de todo orden constitucional y legal,reglas que fueron adoptadas por un órgano administrativo electoraly que si bien no se impugnaron en su momento, considero que sonnulas de origen”.

Finalmente todos coincidieron que se trató de un asuntocomplejo, y aunque dos magistrados votaron en contra porconsiderarlo inconstitucional, también reconocieron que es lasolución más sana en este entrampado legal que provocó el IEEcon el acuerdo aprobado en 2016.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de laFederación (TEPJF) revocó el acuerdo aprobado por el TribunalElectoral del Estado de Puebla (TEEP) para la asignación deprerrogativas y ordenó al Instituto Electoral del Estado (IEE)devolver el registro al partido Pacto Social de Integración (PSI),regresar el financiamiento a los partidos políticos que noalcanzaron el 3 por ciento de la votación en la pasada elecciónde Gobernador en Puebla, así como a Movimiento Ciudadano a pesarde que no participó.

Con cinco votos a favor y dos en contra, la Sala Superior delTEPJF determinó utilizar los resultados de la elección adiputados locales de 2013 como criterio para la repartición deprerrogativas en este año y no la elección local de 2016 que lequitaba los recursos a los partidos Verde Ecologista (PVEM),Encuentro Social (PES) y del Trabajo (PT) por no alcanzar el 3 porciento de la votación, mientras que PSI perdía el registro por lamisma situación y Movimiento Ciudadano se quedó sin derecho afinanciamiento por no postular candidato.

“Se revoca la sentencia del IEE que determinó la pérdida deregistro del partido político Pacto Social de Integración. Serevoca el acuerdo e interpretación sobre el acceso y distribucióndel financiamiento público estatal para actividades ordinariaspermanentes precisadas en la sentencia. Se ordena al ConsejoGeneral del IEE que a la brevedad emita un nuevo acuerdo definanciamiento en el que observe los lineamientos precisados en elfallo”, fue la sentencia aprobada.

Es por ello que el IEE tiene un plazo de 24 horas después de lasentencia para reasignar la bolsa de 195.2 millones de pesos deprerrogativas entre todos los partidos políticos registrados enPuebla, sin importar si no participaron en la elección del añopasado o no alcanzaron el 3 por ciento de la votación.

De acuerdo con la ponencia del magistrado Reyes RodríguezMondragón, se optó por una resolución que favorece losprincipios de igualdad para que todos los partidos políticostengan acceso al financiamiento público.

Esta decisión generó un debate entre los integrantes de laSala Superior, pues los magistrados Mónica Soto Fregoso y JoséLuis Vargas coincidieron en que este fallo avala el acuerdo 12 delConsejo General del IEE, que de origen viola la ConstituciónPolítica federal.

El magistrado José Luis Vargas consideró que ningún acuerdoaprobado por un organismo administrativo como lo es el IEE estápor encima de lo que marca la Constitución, por lo que lospartidos políticos que participaron o no en las elecciones localesdel año pasado debieron estar sujetos a las sanciones queestablece la Carta Magna en materia de pérdida de registro yprerrogativas a los que no alcancen el 3 por ciento de la votaciónválida emitida.

En ese mismo sentido pronunció su voto la magistrada MónicaFregoso, quien expresó: “Realmente me parece preocupante estarante estas nuevas y recientes reglas contrarias a la Constitucióny reglas adoptadas fuera de todo orden constitucional y legal,reglas que fueron adoptadas por un órgano administrativo electoraly que si bien no se impugnaron en su momento, considero que sonnulas de origen”.

Finalmente todos coincidieron que se trató de un asuntocomplejo, y aunque dos magistrados votaron en contra porconsiderarlo inconstitucional, también reconocieron que es lasolución más sana en este entrampado legal que provocó el IEEcon el acuerdo aprobado en 2016.

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