El esposo de Daniela se ha vuelto agresivo y teme por su seguridad y por la de su hija, ella quiere seguridad para poder irse a otro lugar e iniciar una nueva vida, sin embargo, teme que su esposo quiera golpearla. Para este y muchos casos se sugieren las ordenes de protección pues su objetivo es implementar acciones inmediatas para la seguridad de víctimas de violencia.
El Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social A.C. explicó que las órdenes de protección, son medidas que contempla la ley para que las mujeres y las niñas reciban protección inmediata ante cualquier violencia, ya sea física, emocional, económica, familiar, laboral, escolar, entre otras que las haga sentir en peligro.
Pueden solicitarlas todas las mujeres víctimas de maltrato, pero también pueden solicitarlas su representante legal o en casos urgentes cualquier persona que conozca o se testigo de los hechos de violencia.
Las juezas y los jueces en materia familiar y agentes del Ministerio Público pueden ordenar las siguientes acciones para evitar cualquier agresión física, emocional, sexual contra ellas:
¿QUÉ RESTRINGUE UNA ORDEN DE RESTRICCIÓN?
Proporcionar auxilio policiaco de manera inmediata ingresando al domicilio, sacar al agresor del domicilio inmediatamente sin importar si es el dueño de la casa. También prohíben al agresor que se acerque a sus casas, trabajo, escuela o cualquier otro lugar que frecuenten. De igual modo, prohíben al agresor que amenace, moleste, de comunique o cometa cualquier acto de violencia contra ellas o su familia.
Asimismo, su obligación de los elementos es quitar al agresor las armas, como pistolas, navajas, cuchillos o cualquier otro elemento que sirva para hacer daño. Los elementos están obligado a dar protección y mientras brindan este servicio, las mujeres pueden entrar a sus domicilios y recuperar sus documentos, así como objetos personales.
Una vez que las autoridades de enteraron de la violencia, tienen hasta máximo ocho horas para otorgar las órdenes de protección. Además de estas medidas los jueces también pueden suspender temporalmente las visitas entre el agresor y sus hijos, prohibir al agresor que venda, rente o se deshaga de ciertas pertenencias y ordenar que el agresor pague pensión alimenticia.
¿Cuánto tiempo duran?, las órdenes tienen una duración de 72 horas y pueden solo tarde nuevamente para mantenerse hasta que el peligro haya disminuido o desparecido.
Y para solicitarlas no es necesario que la violencia sea extrema, estén gravemente heridas, hayan presentado una denuncia, participen en un juicio o inicien un proceso de divorcio. Tampoco es necesito que acrediten la relación con el agresor y que se cumpla con cualquier otro trámite o requisito.