Representantes de organizaciones civiles en materia de movilidad en Puebla se pronunciaron en contra de la acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla que promovió la CDH ante la SCJN, pues consideraron que presenta un retroceso para la garantía de los derechos humanos.
Integrantes de la Coalición Movilidad Segura acusaron que el juicio que presentó la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla representa un retrocesos en la garantía del derecho a la movilidad, específicamente en seguridad vial, accesibilidad, inclusión e igualdad.
“Este litigio podría producir un precedente negativo y un grave retroceso para la garantía del derecho constitucional a la movilidad de todas las personas”, señalaron mediante un comunicado.
Inclusive, calificaron como “inaceptable” que el organismo encargado de defender los derechos de las personas se pronuncie en contra de que los conductores cuentan con un seguro para daños a terceros.
“Es inaceptable que un organismo de defensa de los derechos humanos actúe contra la regulación y legitime conductas que en nuestro país causan la muerte a 16 mil personas cada año, provocando profundo dolor a familias, y afectando directamente a nuestra niñez”, agregaron.
El juicio busca desaparecer seis artículos de la legislación en materia de movilidad, todos relacionados con la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
Ante esto, insistieron en que el seguro obligatorio busca cumplir con la tarea de no dejar a las víctimas de siniestros de tránsito en la indefensión.
Después de esta postura, hicieron un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que se pronuncie sobre la improcedencia de esta acción de inconstitucionalidad.
Las manifestaciones en contra de este juicio se suman a las de las y los diputados locales que impulsaron esta iniciativa, pues comentaron que la medida es necesaria para las víctimas de un siniestro vial.
Finalmente, hay que mencionar que la ley se aprobó con un retraso legislativo, pues la ley general en la materia ordenó a los Congresos locales expedirla en un plazo de 180 días, por lo que esto debido ocurrir a más tardar en noviembre del 2022, pero fue hasta un año después de la fecha límite que sucedió.