/ martes 21 de febrero de 2023

Organizadores de eventos masivos ya no deben validar permisos en Puebla

La medida de dejar de usar cubrebocas facilita la organización de eventos masivos en Puebla

El gobierno de Puebla ratificó la supresión del uso obligatorio de cubrebocas en inmuebles públicos del estado, así como las restricciones que previamente se interpusieron de forma general, tal fue el caso de la validación de protocolos sanitarios a los organizadores de eventos masivos.

Mediante un mandato publicado a través del Periódico Oficial del Estado (POE), el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina determinó la viabilidad suspender el decreto emitido el pasado 19 de diciembre, cuando se implementó el uso obligatorio de cubrebocas y otros lineamientos, con la finalidad de aminorar la propagación del virus SARS-CoV-2 en sitios públicos.

Lo anterior ocurrió ayer lunes 20 de febrero, un día después de que el propio mandatario convocó a rueda de prensa para anunciar la interrupción del decreto anterior.

Así, en el documento del POE, el Estado poblano dio a conocer que ya no será mandatario ingresar a un sitio de confluencia social con cubrebocas, esto aun cuando el lugar se encuentre cerrado y no haya ventilación.

“Se deja sin efectos el decreto del Ejecutivo del Estado, por el que reafirma las medidas de prevención para evitar la propagación del Virus SARS-COV-2 (COVID-19), y se decretan acciones adicionales durante la temporada invernal en el Estado de Puebla”, se leyó en el escrito.

Aunado a lo anterior, quedó asentado que los organizadores de eventos masivos ya no están obligados a validar sus protocolos sanitarios ante la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación (Segob).

Para finalizar, cabe mencionar que en el decreto de diciembre de 2022 se enunció, de forma exhortativa, que la ciudadanía podía utilizar la aplicación de Alerta COVID Puebla para recibir notificaciones respecto a la posible exposición al virus. Esta medida sigue vigente, pero no es obligatoria.

Lo mismo para el aforo en inmuebles públicos y privados. En este caso nunca se determinó un límite de personas que podrían estar en un sitio, por lo que cada establecimiento tiene la libertad de restringir o no el número de visitantes que recibe de forma simultánea.

El gobierno de Puebla ratificó la supresión del uso obligatorio de cubrebocas en inmuebles públicos del estado, así como las restricciones que previamente se interpusieron de forma general, tal fue el caso de la validación de protocolos sanitarios a los organizadores de eventos masivos.

Mediante un mandato publicado a través del Periódico Oficial del Estado (POE), el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina determinó la viabilidad suspender el decreto emitido el pasado 19 de diciembre, cuando se implementó el uso obligatorio de cubrebocas y otros lineamientos, con la finalidad de aminorar la propagación del virus SARS-CoV-2 en sitios públicos.

Lo anterior ocurrió ayer lunes 20 de febrero, un día después de que el propio mandatario convocó a rueda de prensa para anunciar la interrupción del decreto anterior.

Así, en el documento del POE, el Estado poblano dio a conocer que ya no será mandatario ingresar a un sitio de confluencia social con cubrebocas, esto aun cuando el lugar se encuentre cerrado y no haya ventilación.

“Se deja sin efectos el decreto del Ejecutivo del Estado, por el que reafirma las medidas de prevención para evitar la propagación del Virus SARS-COV-2 (COVID-19), y se decretan acciones adicionales durante la temporada invernal en el Estado de Puebla”, se leyó en el escrito.

Aunado a lo anterior, quedó asentado que los organizadores de eventos masivos ya no están obligados a validar sus protocolos sanitarios ante la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación (Segob).

Para finalizar, cabe mencionar que en el decreto de diciembre de 2022 se enunció, de forma exhortativa, que la ciudadanía podía utilizar la aplicación de Alerta COVID Puebla para recibir notificaciones respecto a la posible exposición al virus. Esta medida sigue vigente, pero no es obligatoria.

Lo mismo para el aforo en inmuebles públicos y privados. En este caso nunca se determinó un límite de personas que podrían estar en un sitio, por lo que cada establecimiento tiene la libertad de restringir o no el número de visitantes que recibe de forma simultánea.

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