Precios de grúas en carreteras estatales los fijará Movilidad

Los costos se estipularán en un tabulador, mismo que todavía no existe, pero, será elaborado por las autoridades

Jared Carcaño / El Sol de Puebla

  · jueves 11 de julio de 2024

Está disposición aplicará solamente en las vialidades estatales. Foto: Erik Guzmán / El Sol de Puebla

La Secretaría de Movilidad y Transporte estipulará los precios por el servicio de arrastre y salvamento de las grúas en las carreteras estatales, después de que el pleno del Poder Legislativo, aprobó una serie de reformas en dicha materia.

Al igual que las otras reformas que envió el mandatario estatal, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, las modificaciones a la ley se avalaron por unanimidad de votos, y sin ninguna intervención por parte de los legisladores.

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De acuerdo con lo expuesto en comisiones, el Gobierno de Puebla, por medio de la Secretaría de Movilidad y Transporte, quiere regular los costos por el servicio de las grúas, con el fin de evitar abusos ocasionados por las personas dedicadas a este rubro.

Se busca implementar un tabulador y definir las tarifas por el servicio de arrastre y salvamento de las grúas. Foto: Archivo / El Sol de Puebla

Para cumplir con ello, los costos se estipularán en un tabulador, mismo que todavía no existe, pero, será elaborado por la dependencia estatal, y se publicará en el Periódico Oficial del Estado (POE).

Un dato que se resaltó en la comisión es que, está disposición aplicará solamente en las vialidades estatales, dejando fuera las que están a cargo de los municipios.

Las personas dedicadas al servicio de las grúas, deberán respaldar los montos que serán establecidos próximamente, tras el aval por parte del Congreso del Estado, en la sesión ordinaria de este jueves.

Esta iniciativa forma parte del paquete que remitió el gobernador a días de que cierre el tercer periodo ordinario de la actual legislatura.

En los antecedentes de esta modificación se encuentran las reformas anteriormente aprobadas, para regularizar el otorgamiento de concesiones y permisos para la prestación de los servicios auxiliares de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos.

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También de establecer la facultad para que la autoridad de transporte celebre convenios de coordinación con los ayuntamientos en esta materia.