El Congreso del Estado prepara el nombramiento de los concejos municipales en San José Miahuatlán y Teotlalco donde habrá elecciones extraordinarias en 2022.
La diputada y presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Mónica Silva Ruiz, confirmó que la propuesta de la Junta Local del INE y el Instituto Electoral del Estado (IEE) es que la contienda electoral en estos municipios se lleve a cabo tentativamente el 6 de marzo del próximo año.
Mientras la fecha se define, dijo que el Congreso ya inició el análisis para la integración de los concejos, los cuales tendrán perfiles ciudadanos o de partidos políticos, que radiquen en el lugar, con el fin de garantizar la gobernabilidad.
“Que sean personas que representen obviamente los intereses propios del ayuntamiento, que los habitantes sientan la identidad”, dijo Silva en entrevista.
Hasta que los tribunales electorales terminen de resolver las impugnaciones y emitan las sentencias firmes de la elección de diversos ayuntamientos del estado de Puebla, la Comisión de Gobernación podrá emitir el dictamen para nombrar los concejos en los municipios de San José Miahuatlán y Teotlalco.
El 28 de septiembre se llevó a cabo la primera reunión entre el vocal ejecutivo del INE en Puebla, Marcos Rodríguez del Castillo; el presidente del Congreso del Estado, Sergio Salomón Céspedes Peregrina; la presidenta de la Comisión de Gobernación, Mónica Silva; funcionarios de la Dirección General del gobierno del estado y el presidente del IEE, Miguel Ángel García Onofre, para analizar el tema.
En San José Miahuatlán y Teotlalco habrá elecciones extraordinarias debido a que protestas ciudadanas impidieron la distribución de los paquetes electorales el 6 de junio. Según el IEE, militantes de Morena impidieron la realización de los comicios, pues tomaron las instalaciones de los consejos municipales del instituto.
La Ley Orgánica Municipal señala que, si no se realiza la elección de algún ayuntamiento o se declara nula, el Congreso del Estado nombrará un Concejo Municipal; designará como miembros de este, el mismo número que integraban el ayuntamiento respectivo, incluido su presidente, quienes deberán cumplir con los mismos requisitos de elegibilidad que para el presidente municipal, regidores y síndico señala la ley, además de ser necesariamente vecinos del lugar.