Pretende Morena regular comisiones de plataformas digitales en plena pandemia

En su momento, el Congreso de Baja California pretendió aplicar esta medida, sin embargo a nivel federal esta regulación no existe

Berenice Martínez | El Sol de Puebla

  · lunes 15 de junio de 2020

Foto: Pixabay

En plena pandemia, el coordinador de los diputados locales de Morena, Gabriel Biestro Medinilla, pretende meter mano en los bolsillos de las aplicaciones de reparto de alimentos y productos como Uber, Didi, Cabify, Uber Eats, Rappi y Sin Delantal, para regular el cobro de las comisiones por el uso de las plataformas digitales.

Las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Desarrollo Económico del Congreso de Puebla estudian la iniciativa de reforma al Código de Comercio.

Biestro quiere adicionar el artículo 308 Sexties para establecer que el monto máximo de la comisión que podrá cobrar la aplicación sea del 15 por ciento, lo que significa un recorte del 10 por ciento en las cuotas que Uber y Cabify cobran a sus choferes, pues actualmente es del 25 por ciento por cada servicio, mientras que Didi retiene el 20 por ciento.

Los municipios de Jonotla, Xochitlán de Vicente Suárez y Huitzilan de Serdán tendrán el costo más elevado de gas LP. Foto: Cuartoscuro

El diputado busca regular esta actividad emergente con el fin de evitar abusos que pudieran suscitarse entre los partícipes del comercio por comisión mercantil, que realizan a través de plataformas de servicios digitales, es decir Uber, Didi, Cabify, Rappi y Sin Delantal.

“Se busca una mejor distribución económica del ingreso que permita a los comitentes alcanzar un bienestar económico y social que les permita desarrollarse, así como alcanzar el desarrollo de sus familiares o de sus trabajadores tratándose de negocios locales”.

Pretende que se establezca un límite en el porcentaje que los transportistas (choferes particulares o repartidores) y quienes suministran mercancías (restaurantes, fondas locales, farmacias) en su calidad de comitentes, (es decir la persona que otorga el servicio de transportación de personas o suministra mercancía), deban pagar a las aplicaciones digitales con el fin de evitar abusos que pudieran ser catalogados como actos de explotación.

Biestro plantea adicionar los artículos 308 Bis, Ter, Quater, Quintus y Sexties del Código de Comercio. El artículo 308 Quater quedaría de la siguiente manera:

“Si el pago del destinatario es realizado a través de la plataforma de servicios digitales, el comisionista podrá retener el pago de su comisión y trasladará el pago al comitente en un plazo máximo de siete días a partir de terminada la operación (…) La falta oportuna del pago conllevará a la pena convencional que deberá ser igualitaria y pactada por las partes”.

En su momento, el Congreso de Baja California pretendió aplicar esta medida, sin embargo a nivel federal esta regulación no existe.