/ jueves 12 de noviembre de 2020

Prohíben a vialidad detener y sancionar a vehículos que transporten productos del campo

Cualquier elemento que viole esta nueva disposición será suspendido y hasta dado de baja

El Gobierno del Estado publicó un decreto de modificación al reglamento interior de la Secretaría de Seguridad Pública que impide a los elementos de la Dirección de Vialidad Estatal detener y sancionar a los vehículos que transporten productos del campo, con el argumento de no generar más cargas “a los pobres”.

“En lo referente a las fracciones I y VII queda prohibido detener y sancionar a los vehículos que transporten productos del campo, agropecuarios, así como los de primera necesidad”, indica la adición de la fracción XVII al artículo 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del estado.

Una segunda adición establecida en la fracción XVIII señala que cualquier elemento que viole esta nueva disposición será suspendido y hasta dado de baja.

“El servidor público que no acate la disposición anterior, será suspendido, investigado y dado de baja por atentar contra las colectividades históricamente excluidas por la situación de pobreza, independientemente de los delitos que cometa”.

La justificación es terminar con un abuso sistemático por parte de las autoridades viales en contra de las personas que trasladan productos del campo.

“No debemos establecer más cargas a los pobres, debemos ser justos con nuestros actos, porque progreso sin justicia, es retroceso, no podemos seguir desplazando a los pobres de la agenda del gobierno. No queremos más opresión social, por ello este Gobierno ha decidido prohibir y sancionar dicha opresión”, justifica el documento.

Aquí del decreto completo ⬇️⬇️⬇️

Decreto Vialidad Campo by El Sol de Puebla on Scribd

El Gobierno del Estado publicó un decreto de modificación al reglamento interior de la Secretaría de Seguridad Pública que impide a los elementos de la Dirección de Vialidad Estatal detener y sancionar a los vehículos que transporten productos del campo, con el argumento de no generar más cargas “a los pobres”.

“En lo referente a las fracciones I y VII queda prohibido detener y sancionar a los vehículos que transporten productos del campo, agropecuarios, así como los de primera necesidad”, indica la adición de la fracción XVII al artículo 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del estado.

Una segunda adición establecida en la fracción XVIII señala que cualquier elemento que viole esta nueva disposición será suspendido y hasta dado de baja.

“El servidor público que no acate la disposición anterior, será suspendido, investigado y dado de baja por atentar contra las colectividades históricamente excluidas por la situación de pobreza, independientemente de los delitos que cometa”.

La justificación es terminar con un abuso sistemático por parte de las autoridades viales en contra de las personas que trasladan productos del campo.

“No debemos establecer más cargas a los pobres, debemos ser justos con nuestros actos, porque progreso sin justicia, es retroceso, no podemos seguir desplazando a los pobres de la agenda del gobierno. No queremos más opresión social, por ello este Gobierno ha decidido prohibir y sancionar dicha opresión”, justifica el documento.

Aquí del decreto completo ⬇️⬇️⬇️

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