Proponen alternancia de género en postulación para gubernatura

El objetivo de la reforma es garantizar la participación equilibrada de los hombres y mujeres en las posiciones de poder

Jared Carcaño / El Sol de Puebla

  · domingo 25 de agosto de 2024

El género de la candidatura registrada en ese proceso, establecerá el inicio para la alternancia de género. Foto: Julio César Martínez / El Sol de Puebla

La Junta de Gobierno y Coordinación Política remitió a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, una propuesta de reforma para modificar el artículo 71 de la Constitución Política del Estado, y garantizar la paridad de género en la postulación de la gubernatura.

De acuerdo con el documento, en la renovación de la titularidad del Poder Ejecutivo, los partidos políticos, coaliciones electorales y candidaturas comunes, deberán alternar el género en la postulación en cada elección, en términos de lo que disponga la legislación local en la materia.

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Lo anterior no será aplicable para los casos en los que esta Constitución prevé que la titularidad del Poder Ejecutivo sea ocupada por la o el gobernador interino, provisional o sustituto.

Dentro de las representantes elegidas para la Cámara de Diputadas están Liliana Ortiz y Xitlalic Ceja. Foto: El Sol de Puebla y Cortesía X @PRI_Nacional

Según lo expuesto, el objetivo de la reforma propuesta por los coordinadores del Congreso local, es garantizar la participación equilibrada de los hombres y mujeres en las posiciones de poder.

De igual forma, hizo una recapitulación sobre la postulación que hicieron los diferentes partidos políticos o coaliciones desde la muerte de Martha Érika Alonso Hidalgo, quien se convirtió en la primera gobernadora del estado, y falleció 10 días después de rendir propuesta.

A partir del 2018, se mostró la tendencia de los institutos políticos para postular varones. Prueba de ellos es la elección más reciente, donde los candidatos fueron Eduardo Rivera Pérez, Fernando Morales Martínez y Alejandro Armenta Mier, este último ganó la contienda.

En los artículos transitorios se determinó que lo anterior aplicará para el siguiente proceso electoral ordinario, en donde el partido político podrá registrar libremente como candidato a una mujer u hombre.

El género de la candidatura registrada en ese proceso, establecerá el inicio para la alternancia de género, de la gubernatura para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2035-2036.

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Los partidos políticos que, a la entrada en vigor del presente, cuenten con registro vigente en la entidad, contarán con ciento ochenta días naturales, para adecuar sus estatutos y dar cumplimiento a las disposiciones.