Las definiciones de los presidentes municipales electos en Venustiano Carranza y Chignahuapan están en manos de los tribunales electorales, organismos con la facultad de declarar la nulidad de las elecciones o entregar constancias de validación correspondientes.
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En ambos casos, el Instituto Electoral del Estado (IEE) declaró la imposibilidad de declarar la validez de los resultados electorales por irregularidades graves durante y después de la jornada electoral que ponían en riesgo la certeza del procedimiento.
Ante este panorama, las definiciones están en manos de los organismos jurisdiccionales, Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
De acuerdo con el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, así como en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, dictan que los representantes de partidos políticos y candidatos involucrados tienen la facultad de acudir al TEEP, que puede resolver en dos vías: confirmar los acuerdos del IEE y anular las elecciones, dando paso a comicios extraordinarios; o declarar la validez y entregar las constancias de mayoría correspondientes.
Según la resolución del Tribunal Electoral, los actores involucrados pueden recurrir a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral para presentar juicios de revisión con la finalidad de determinar si el actuar del TEEP fue apegado a la normativa.
En caso de que el TEEP, que lidera Idamis Pastor, respalde el proyecto del árbitro electoral, el Congreso de Puebla asumirá la facultad para convocar a elecciones extraordinarias, así como nombrar los Consejos Municipales que asuman la gobernabilidad de las demarcaciones, en caso de ser necesario.
De igual manera, las legislaciones en la materia establecen que los procesos deben concluir a mediados de octubre, periodo en que los presidentes electos asumen el cargo al frente de los Ayuntamientos.
¿Qué pasó en V.Carranza?
En una sesión de 12 horas, el IEE determinó la existencia de anomalías en nueve de 44 paquetes electorales, por lo que aprobaron un acuerdo para determinar que se encuentran impedidos de emitir un resultado y declarar la validez de la elección al Ayuntamiento.
Entre los actos ilegales evidenciaron que en el traslado hacia la sede central del organismo electoral funcionarios del INE e IEE habrían manipulado los paquetes, violando la cadena de custodia, por lo que al llegar a las instalaciones 18 paquetes no venían referidos y 9 presentaban irregularidades graves que impidieron su recuento.
De acuerdo con el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), los principales contendientes son Marco Antonio Valencia Ávila, del PAN, PRI y PRD; —quien es el virtual ganador—Ernesto García Rodríguez, de Morena.
Ante este panorama, el PAN ya presentó impugnación ante el TEEP, toda vez que tenían un plazo de tres días después de la sesión.
Irregularidades en Chignahuapan
En el caso de Chignahuaoan, se informó que de los 85 paquetes electorales en 38 se encontraron irregularidades graves en el procedimiento de entrega al órgano transitorio; por lo que determinaron la imposibilidad de declarar la validez de los resultados.
De acuerdo con el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), el virtual ganador es Juan Lira Maldonado, abanderado de Fuerza por México; en segundo lugar Mario Olvera Cortés, del PAN y PRD.
En este caso, el representante de FXMP ante el IEE dijo que presentaría el juicio correspondiente en contra de la determinación.