Ratifica TEPJF amonestación pública contra Movimiento Ciudadano

La amonestación pública contra el partido se emitió por violar la ley electoral en 2020

Victoria Ventura | El Sol de Puebla

  · jueves 16 de marzo de 2023

Por unanimidad de votos y sin discusión, los magistrados aprobaron mantener la amonestación contra Movimiento Ciudadano. Foto: Captura de video TEPJF

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó firme la amonestación pública en contra del partido Movimiento Ciudadano (MC) por violar la ley electoral en 2020.

En sesión pública de este 16 de marzo, la Sala Regional Ciudad de México resolvieron el expediente de queja SCM-JE-11/2023 promovido por la fuerza electoral local dirigida por Fernando Morales, que buscaba impugnar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que ordenó una amonestación pública por no presentar informes teóricos semestrales y trimestrales de divulgación durante el ejercicio fiscal de 2020.


Augusta Díaz informó que las mesas de diálogo con el PRI y el PRD siguen avanzando. Foto: Archivo | El Sol de Puebla


Por unanimidad de votos y sin discusión, los magistrados declararon infundados loa agravios del partido naranja, toda vez que la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) cumplió con sus atribuciones lo que provocó que el Consejo General del órgano electoral informara a su homólogo a nivel local para que emprendiera las indagaciones correspondientes.

“El proyecto propone calificar como infundados los agravios del partido demandante, ya que, a juicio de la ponencia la causa originadora del procedimiento ordinario sancionador fue la falta detectada por la Unidad Técnica de Fiscalización del INE en el ejercicio de sus facultades de comprobación y fiscalización sobre el financiamiento público que recibió el partido político”, dice parte del proyecto de resolución presentado por el magistrado José Luis Ceballos Daza.

En este sentido, la Sala Regional del Tribunal Electoral confirmó que MC incurrió en violaciones a disposiciones legales, por no acreditar que presentó al menos una publicación semestral teórica y una trimestral de divulgación.

No obstante, la fuerza política en Puebla todavía puede recurrir a la Sala Superior para controvertir esta resolución, última instancia encargada de resolver casos en materia electoral.