/ martes 14 de marzo de 2023

Recibe IEE denuncias por espectaculares de políticos

En material legal a nivel estatal, esto se ha legislado en la fracción IV del artículo 232 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado

Menos de una decena de denuncias por promoción política a través de anuncios espectaculares en territorio poblano es el registro que tiene el Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla.

Así lo expuso Blanca Cruz García, titular del órgano electoral local, quien reiteró que la ciudadanía no ha presentado denuncias por la pinta de bardas en favor de algunos personajes políticos locales y federales.

Recordó que el Consejo General del IEE sólo tiene la facultad de atender las denuncias formales y no indagar por propia cuenta. Posteriormente los casos son remitidos al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) para su sentencia final.

“En lo que va de esta anualidad tenemos menos de una decena de casos presentados y únicamente por el tema de espectaculares, no podría dar demasiada información de fondo de los propios expedientes, por el principio de decrecía de la investigación”, dijo en entrevista con medios de comunicación.

Cruz García dejó claro que no tiene que hacer llamados a los partidos políticos y aspirantes a un cargo de elección popular, ya que conocen el funcionamiento de la ley, así como las posibles sanciones por actos anticipados de campaña.

“En este caso he sido reiterativa en el sentido de que no considero necesarios los llamados, estaremos atentos a los requerimientos que se hagan con base en la normativa (…) Necesitamos denuncias para también actuar por estos posibles hechos”, comentó.

Finalmente, recordó que aún no empieza el proceso electoral sino hasta finales de este año.

Así lo expuso Blanca Cruz García, titular del órgano electoral local. Foto: Facebook

“Tenemos que tener clara la línea del tiempo, ahorita no estamos en periodo de campaña o precampaña, en su momento el IEE estará instalándose en el proceso y tendremos que estar a la altura de las circunstancias en cuanto al cumplimiento de sus funciones”, puntualizó.

Hay que recordar que en material legal a nivel estatal, la fracción IV del artículo 232 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado dice que no podrá fijarse, ni pintarse, en espectaculares o usar pantallas electrónicas, ni colgarse en algún elemento adherido a ellos, incluyendo portadas de revistas, libros, anuncios de entrevistas o de diarios, o cualquier otro elemento que contenga la imagen, nombre, símbolos, siglas o elementos que induzcan a la persona a saber que se trata de determinado candidato o candidata a un cargo de elección popular en el estado.

Incurrir en esta restricción podría ser causal de negativa de registro de candidatura por parte del Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE). No obstante, se debe denunciar para ser analizada y sancionada.

“Artículo 23. La colocación o fijación de propaganda electoral que no se ajuste a lo dispuesto por este Capítulo podrá ser denunciada, acompañando las pruebas correspondientes ante el Consejo General, el que actuará en términos de este Código” dice la ley.

Menos de una decena de denuncias por promoción política a través de anuncios espectaculares en territorio poblano es el registro que tiene el Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla.

Así lo expuso Blanca Cruz García, titular del órgano electoral local, quien reiteró que la ciudadanía no ha presentado denuncias por la pinta de bardas en favor de algunos personajes políticos locales y federales.

Recordó que el Consejo General del IEE sólo tiene la facultad de atender las denuncias formales y no indagar por propia cuenta. Posteriormente los casos son remitidos al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) para su sentencia final.

“En lo que va de esta anualidad tenemos menos de una decena de casos presentados y únicamente por el tema de espectaculares, no podría dar demasiada información de fondo de los propios expedientes, por el principio de decrecía de la investigación”, dijo en entrevista con medios de comunicación.

Cruz García dejó claro que no tiene que hacer llamados a los partidos políticos y aspirantes a un cargo de elección popular, ya que conocen el funcionamiento de la ley, así como las posibles sanciones por actos anticipados de campaña.

“En este caso he sido reiterativa en el sentido de que no considero necesarios los llamados, estaremos atentos a los requerimientos que se hagan con base en la normativa (…) Necesitamos denuncias para también actuar por estos posibles hechos”, comentó.

Finalmente, recordó que aún no empieza el proceso electoral sino hasta finales de este año.

Así lo expuso Blanca Cruz García, titular del órgano electoral local. Foto: Facebook

“Tenemos que tener clara la línea del tiempo, ahorita no estamos en periodo de campaña o precampaña, en su momento el IEE estará instalándose en el proceso y tendremos que estar a la altura de las circunstancias en cuanto al cumplimiento de sus funciones”, puntualizó.

Hay que recordar que en material legal a nivel estatal, la fracción IV del artículo 232 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado dice que no podrá fijarse, ni pintarse, en espectaculares o usar pantallas electrónicas, ni colgarse en algún elemento adherido a ellos, incluyendo portadas de revistas, libros, anuncios de entrevistas o de diarios, o cualquier otro elemento que contenga la imagen, nombre, símbolos, siglas o elementos que induzcan a la persona a saber que se trata de determinado candidato o candidata a un cargo de elección popular en el estado.

Incurrir en esta restricción podría ser causal de negativa de registro de candidatura por parte del Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE). No obstante, se debe denunciar para ser analizada y sancionada.

“Artículo 23. La colocación o fijación de propaganda electoral que no se ajuste a lo dispuesto por este Capítulo podrá ser denunciada, acompañando las pruebas correspondientes ante el Consejo General, el que actuará en términos de este Código” dice la ley.

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