Reciben multa PRI y PAN en Puebla por pintar equipamiento urbano a favor de Xóchitl Gálvez

Las pintas fueron realizadas en diferentes puntos de la carretera federal Teziutlán-Perote, en el municipio de Teziutlán

Daniela Hernández / El Sol de Puebla

  · miércoles 16 de octubre de 2024

Pese a que en la propaganda solo era visible el emblema del PAN, Xóchitl Gálvez fue postulada en coalición con el PRI y PRD, lo que hace la infracción atribuible para ellos también. Foto: Julio César Martínez / El Sol de Puebla

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la multa a la que son acreedores los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolución Institucional (PRI) por haber realizado 10 pintas en apoyo a la excandidata presidencial, Xóchitl Gálvez, en equipamiento urbano de Puebla.

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En sesión pública, las magistraturas de la Sala aprobaron por unanimidad que a dichos partidos, que conforman la coalición con la que compitió Gálvez, les sea impuesta una multa equivalente a 21 mil 714 pesos.

En tanto que, al Partido de la Revolución Democrática (PRD), que también formó parte de la alianza, le impuso una amonestación pública, toda vez que no alcanzó la votación necesaria en el pasado proceso electoral para mantener su registro como partido político.

Xóchitl Gálvez aseguró que AMLO empleó todas sus cartas y gran parte de los recursos del Gobierno Federal, para apoyar a la candidata del oficialismo, Claudia Sheinbaum Pardo. Foto: Julio César Martínez / El Sol de Puebla

De acuerdo con el expediente SUP-REP-1071/2024, las pintas fueron realizadas en diferentes puntos de la carretera federal Teziutlán-Perote, en el municipio de Teziutlán.

El documento señala que, pese a que en la propaganda solo era visible el emblema del PAN, Gálvez fue postulada en coalición con el PRI y PRD, lo que hace la infracción atribuible para ellos también.

Asimismo, se detalla que tres de estas pintas fueron realizadas en un muro de piedra que se une a la banqueta utilizada para el paso peatonal. Tres más en un muro de contención que se une a la carretera y, finalmente, cuatro en una cuneta pavimentada.

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La Sala Especializada sostuvo que, durante la instrucción del procedimiento, el ayuntamiento de Teziutlán indicó que tales lugares son considerados equipamiento urbano, el cual constituye un servicio público a las personas que habitan el municipio. Por lo anterior consideró existente la infracción denunciada refiere el expediente.