/ jueves 1 de agosto de 2024

Responde Cofepris a recomendación de la CNDH sobre el Río Atoyac siete años después

La Cofepris descartó que la presencia de metales en 31 pozos de agua exceda los límites máximos establecidos en la NOM-127

Los procesos de saneamiento del agua en Huejotzingo y San Martín Texmelucan, donde corre el río Alto Atoyac son deficientes, reveló la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), siete años después de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió una recomendación respecto a la contaminación del Río Alto Atoyac en Puebla y Tlaxcala.

En 2017, la CNDH emitió la recomendación 10/2017 a los tres niveles de gobierno y autoridades sanitarias por la violación a los derechos humanos de quienes habitan cinco municipios entre Puebla y Tlaxcala, debido a la contaminación de los ríos Atoyac y Xochiac.

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En respuesta, a través de un comunicado, la Cofepris descartó que la presencia de metales en 31 pozos de agua, ocho de ellos ubicados en Puebla y los cuales se abastecen del río Alto Atoyac, exceda los límites máximos establecidos en la Norma Oficial Mexicana 127 (NOM-127).

Detalló que en agosto de 2022 se efectuaron muestreos en dichos pozos, en el caso de Puebla están ubicados en San Martín Texmelucan y Huejotzingo. El resto, 23, están ubicados en Tlaxcala.

“Los resultados de estos análisis en los pozos y en tomas domiciliarias no reflejaron concentración de arsénico, fluoruros, benceno, etilbenceno, tolueno, xileno ni trihalometanos que excedieran los límites máximos establecidos en la NOM-127”, afirmó.

Por otra parte, respecto al análisis sobre la concentración de cloro residual, los resultados reflejaron que 50 por ciento de las tomas domiciliarias en los municipios de Puebla presentaron concentración de cloro residual libre menor a 0.2-1.5mg/L, rango establecido en la NOM-127.

“Esta determinación evidenció la ausencia de cloro residual, ya sea por cloración deficiente o ausencia de ésta, lo cual representa un riesgo para la salud de las poblaciones por la exposición a contaminantes bacterianos presentes en el agua”, admitió.

Por lo anterior, recomendó a los organismos operadores responsables de los sistemas de abastecimiento en los municipios poblanos garantizar la correcta desinfección del agua que abastece a sus habitantes para prevenir riesgos en la salud pública.

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“Con estas acciones, Cofepris no sólo atiende las recomendaciones realizadas por la CNDH, también reafirma su compromiso con la salud de la población mediante el seguimiento puntal de la calidad del agua que abastece a los cinco municipios ubicados en la cuenca del río Alto Atoyac”, finalizó.

Los procesos de saneamiento del agua en Huejotzingo y San Martín Texmelucan, donde corre el río Alto Atoyac son deficientes, reveló la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), siete años después de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió una recomendación respecto a la contaminación del Río Alto Atoyac en Puebla y Tlaxcala.

En 2017, la CNDH emitió la recomendación 10/2017 a los tres niveles de gobierno y autoridades sanitarias por la violación a los derechos humanos de quienes habitan cinco municipios entre Puebla y Tlaxcala, debido a la contaminación de los ríos Atoyac y Xochiac.

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En respuesta, a través de un comunicado, la Cofepris descartó que la presencia de metales en 31 pozos de agua, ocho de ellos ubicados en Puebla y los cuales se abastecen del río Alto Atoyac, exceda los límites máximos establecidos en la Norma Oficial Mexicana 127 (NOM-127).

Detalló que en agosto de 2022 se efectuaron muestreos en dichos pozos, en el caso de Puebla están ubicados en San Martín Texmelucan y Huejotzingo. El resto, 23, están ubicados en Tlaxcala.

“Los resultados de estos análisis en los pozos y en tomas domiciliarias no reflejaron concentración de arsénico, fluoruros, benceno, etilbenceno, tolueno, xileno ni trihalometanos que excedieran los límites máximos establecidos en la NOM-127”, afirmó.

Por otra parte, respecto al análisis sobre la concentración de cloro residual, los resultados reflejaron que 50 por ciento de las tomas domiciliarias en los municipios de Puebla presentaron concentración de cloro residual libre menor a 0.2-1.5mg/L, rango establecido en la NOM-127.

“Esta determinación evidenció la ausencia de cloro residual, ya sea por cloración deficiente o ausencia de ésta, lo cual representa un riesgo para la salud de las poblaciones por la exposición a contaminantes bacterianos presentes en el agua”, admitió.

Por lo anterior, recomendó a los organismos operadores responsables de los sistemas de abastecimiento en los municipios poblanos garantizar la correcta desinfección del agua que abastece a sus habitantes para prevenir riesgos en la salud pública.

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“Con estas acciones, Cofepris no sólo atiende las recomendaciones realizadas por la CNDH, también reafirma su compromiso con la salud de la población mediante el seguimiento puntal de la calidad del agua que abastece a los cinco municipios ubicados en la cuenca del río Alto Atoyac”, finalizó.

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