A unas horas de que se repitan los plebiscitos en ocho juntas auxiliares de la capital poblana, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le retiró al Ayuntamiento la facultad de organizar la elección en la junta auxiliar Ignacio Zaragoza y le ordenó realizarla al Instituto Electoral del Estado (IEE).
Lo anterior derivado del Juicio de la Ciudadanía 32 promovido por Sergio Régulo Cortés Santiago, candidato a edil subalterno de la planilla El Gallo, en contra del acuerdo del Ayuntamiento de Puebla para renovar la presidencia auxiliar.
Los magistrados resolvieron que el ayuntamiento no cumple con las garantías de autonomía, objetividad, imparcialidad, certeza e independencia que deben regir en un proceso electivo en el que prevalezca la auténtica y libre voluntad del pueblo.
A propuesta del magistrado Héctor Romero Bolaños, la Sala Regional declaró inaplicar –únicamente respecto a la elección de la Junta Auxiliar de Ignacio Zaragoza- diversas disposiciones contenidas en los artículos 225 y 228 de la Ley Orgánica Municipal, que dotan al ayuntamiento de facultades para organizar elecciones de autoridades auxiliares.
En la sentencia se señala que es el IEE es el órgano que se encuentra dotado constitucionalmente de facultades para garantizar los principios de la función electoral y el derecho a ser votado o votada para este tipo de cargos, además de contar con herramientas idóneas para asegurar su función.
"En consecuencia, se dejaron sin efectos todos los actos realizados por el Ayuntamiento y por la Comisión Plebiscitaria respecto a la elección de la Junta Auxiliar de Ignacio Zaragoza y se ordenó al Instituto Electoral local que organice el correspondiente proceso electivo", se informa en un comunicado del TEEP.