/ viernes 29 de diciembre de 2017

Revoca TEPJF nombramiento de consejero Distrital del INE

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF) revocó el nombramiento de un exdirigente priista comoConsejero Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE) enPuebla, después de que detectó que fue dirigente de unaorganización afiliada al PRI en 2015 en el estado de Tlaxcala ypor lo tanto no cumple con los tres años previos para haber dejadoel cargo que marca la convocatoria.

Se trata de Alfredo Barbosa Bonola, quien en 2015 fue dirigentede la organización “Expresión Juvenil” del PRI en el estadode Tlaxcala, organización encargada de la formación de líderespriistas y apoyar las campañas electorales de ese institutopolítico, por lo que los magistrados de la Sala Regional del TEPJFen la Ciudad de México ordenaron a la Junta Local del INE enPuebla que nombre a otra persona como Consejero Distrital en unplazo no mayor a cinco días.

“Se considerafundado el agravio relacionado con el indebido nombramiento deAlfredo Barbosa Bonola como Consejero Distrital propietario, todavez que tomando en cuenta los documentos que el mencionadociudadano aportó se advierte que no cumple con el requisito de nohaber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algúnpartido político en los tres años inmediatos anteriores a ladesignación”. La decisión se tomó enrespuesta a una impugnación que realizó el ciudadano ManuelPérez Aguirre, quien argumentó que por lo menos diez consejerosdistritales nombrados recientemente por la Junta Local del INE nocontaban con el perfil para desempeñar ese cargo, sin embargo, losmagistrados federales solo le dieron la razón en el caso del exdirigente priista en el estado de Tlaxcala.

Cabe recordar que durante el nombramiento de 90 consejerosdistritales titulares y 90 suplentes, los representantes de todoslos partidos políticos en la Junta Local del INE se pronunciaronen contra de las designaciones porque detectaron muchos perfilescon militancia partidista.

Sin embargo, el presidente de la Junta Local del INE en Puebla,Marcos Rodríguez del Castillo, explicó que la militanciapartidista no es impedimento para que puedan ocupar estos cargos,ya que la legislación solo le impide participar como consejeroselectorales a los que desempeñaron un cargo de dirigenciapartidista durante los tres años previos al nombramiento.

ORDENAN REVISAR SANCIÓN CONTRA ELPRI

Este no fue el único revés jurídico que los magistradosfederales dieron a los organismos poblanos, pues la Sala Regionalde la Ciudad de México también ordenó al Tribunal Electoral delEstado de Puebla (TEEP) revisar nuevamente la sentencia en contradel PRI y la Coalición 5 de Mayo por irregularidades en sufiscalización durante el proceso electoral de 2013, puesconsideraron que hubo omisión por parte de los magistradospoblanos al no revisar un escrito que el partido envió para sudefensa.

Esto después de que el Tribunal local ratificó una sanción de60 mil 207 pesos que impuso el Consejo General del INE en contra deesta coalición encabezada por el PRI, tras detectar diversasirregularidades en su proceso de fiscalización durante el procesoelectoral de 2013.

La resolución de los magistrados poblanos fue impugnada por elPRI ante la instancia federal, donde los magistrados determinaronque el TEEP no revisó una contestación que hizo el partido elpasado 11 de diciembre que era fundamental para sustentar lasentencia aprobada. “El partido tiene razón respecto de que el Tribunalresponsable no estudió las manifestaciones realizadas en sucontestación de 11 de diciembre, en efecto, si bien en lasentencia impugnada el Tribunal responsable hizo referencia a laexistencia de esa contestación, lo cierto es que no analizó lasmanifestaciones que esta contiene y tampoco contestó losplanteamientos correspondientes”. Por elloordenó al Tribunal local revisar su proyecto de sentencia tomandoen cuenta el escrito enviado por el PRI y emitir una nuevaresolución en un plazo no mayor a diez días hábiles.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF) revocó el nombramiento de un exdirigente priista comoConsejero Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE) enPuebla, después de que detectó que fue dirigente de unaorganización afiliada al PRI en 2015 en el estado de Tlaxcala ypor lo tanto no cumple con los tres años previos para haber dejadoel cargo que marca la convocatoria.

Se trata de Alfredo Barbosa Bonola, quien en 2015 fue dirigentede la organización “Expresión Juvenil” del PRI en el estadode Tlaxcala, organización encargada de la formación de líderespriistas y apoyar las campañas electorales de ese institutopolítico, por lo que los magistrados de la Sala Regional del TEPJFen la Ciudad de México ordenaron a la Junta Local del INE enPuebla que nombre a otra persona como Consejero Distrital en unplazo no mayor a cinco días.

“Se considerafundado el agravio relacionado con el indebido nombramiento deAlfredo Barbosa Bonola como Consejero Distrital propietario, todavez que tomando en cuenta los documentos que el mencionadociudadano aportó se advierte que no cumple con el requisito de nohaber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algúnpartido político en los tres años inmediatos anteriores a ladesignación”. La decisión se tomó enrespuesta a una impugnación que realizó el ciudadano ManuelPérez Aguirre, quien argumentó que por lo menos diez consejerosdistritales nombrados recientemente por la Junta Local del INE nocontaban con el perfil para desempeñar ese cargo, sin embargo, losmagistrados federales solo le dieron la razón en el caso del exdirigente priista en el estado de Tlaxcala.

Cabe recordar que durante el nombramiento de 90 consejerosdistritales titulares y 90 suplentes, los representantes de todoslos partidos políticos en la Junta Local del INE se pronunciaronen contra de las designaciones porque detectaron muchos perfilescon militancia partidista.

Sin embargo, el presidente de la Junta Local del INE en Puebla,Marcos Rodríguez del Castillo, explicó que la militanciapartidista no es impedimento para que puedan ocupar estos cargos,ya que la legislación solo le impide participar como consejeroselectorales a los que desempeñaron un cargo de dirigenciapartidista durante los tres años previos al nombramiento.

ORDENAN REVISAR SANCIÓN CONTRA ELPRI

Este no fue el único revés jurídico que los magistradosfederales dieron a los organismos poblanos, pues la Sala Regionalde la Ciudad de México también ordenó al Tribunal Electoral delEstado de Puebla (TEEP) revisar nuevamente la sentencia en contradel PRI y la Coalición 5 de Mayo por irregularidades en sufiscalización durante el proceso electoral de 2013, puesconsideraron que hubo omisión por parte de los magistradospoblanos al no revisar un escrito que el partido envió para sudefensa.

Esto después de que el Tribunal local ratificó una sanción de60 mil 207 pesos que impuso el Consejo General del INE en contra deesta coalición encabezada por el PRI, tras detectar diversasirregularidades en su proceso de fiscalización durante el procesoelectoral de 2013.

La resolución de los magistrados poblanos fue impugnada por elPRI ante la instancia federal, donde los magistrados determinaronque el TEEP no revisó una contestación que hizo el partido elpasado 11 de diciembre que era fundamental para sustentar lasentencia aprobada. “El partido tiene razón respecto de que el Tribunalresponsable no estudió las manifestaciones realizadas en sucontestación de 11 de diciembre, en efecto, si bien en lasentencia impugnada el Tribunal responsable hizo referencia a laexistencia de esa contestación, lo cierto es que no analizó lasmanifestaciones que esta contiene y tampoco contestó losplanteamientos correspondientes”. Por elloordenó al Tribunal local revisar su proyecto de sentencia tomandoen cuenta el escrito enviado por el PRI y emitir una nuevaresolución en un plazo no mayor a diez días hábiles.

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