El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) anuló el triunfo de Ebodio Santos Alejo como diputado local del distrito 4 de Zacapoaxtla y ordenó al Congreso del Estado y al IEE convocar a una elección extraordinaria.
Lo anterior por violaciones graves atribuidas a los partidos, la Comisión Permanente de Organización Electoral y la Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos del IEE, por lo que dará vista al INE y a la Contraloría Interna del instituto local para que determinen si amerita alguna sanción.
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En sesión pública de este lunes 30 de agosto, el tribunal declaró la nulidad de la elección tras resolver recursos de inconformidad interpuestos por el PRI y Morena que controvirtieron los resultados de la contienda electoral donde resultó ganadora la fórmula postulada por el Partido del Trabajo y Morena.
Aunque en un inicio declaró como ganadora a la planilla de la coalición Va por Puebla, integrada por el PAN, PRI y PRD, que encabezó Shyrley Reyes Cabrera, se determinó que la candidata es inelegible, toda vez que solicitó licencia y se separó del cargo de presidenta municipal de Nauzontla 89 días antes de la jornada electoral y no 90 como lo marca la Constitucional local.
Por ello se propuso designar como candidata electa a la suplente para que ejerciera el cargo de diputada de mayoría relativa por Zacapoaxtla.
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No obstante, la nulidad de la elección procedió porque el tribunal otorgó la razón al PRI quien manifestó que ésta se encuentra viciada, toda vez que el diseño de las boletas electorales contenía un error en el nombre de la candidata y la fotografía impresa, por tanto, no se trata de la misma persona.
“Los errores atribuibles tanto a los partidos políticos postulantes como a la propia autoridad administrativa electoral (IEE) conllevaron a una violación grave generalizada y sistemática de los principios y valores que envuelven la materia electoral, el cual además resultó determinante de tal forma que trascendió al normal desarrollo del procedimiento electoral o el resultado de la elección, afectando de manera cualitativa y cuantitativa la elección en su unidad o totalidad”, resolvió el Pleno por mayoría de votos.
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La resolución aún puede ser impugnada ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que tiene la última palabra en la materia y deberá resolver el caso antes de la toma de protesta de los diputados locales.