/ lunes 7 de octubre de 2024

Tribunal descarta anular elección en Chignahuapan determina realizar nuevo conteo de votos

Las y los magistrados dieron la razón al candidato Juan Lira al señalar que el IEE tenía el deber de realizar el cómputo de todos los paquetes de la jornada electoral

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) descartó la anulación de la elección en Chignahuapan y con ello determinó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) debe hacer el cómputo en un plazo de 48 horas.

➡️ Únete al canal de El Sol de Puebla en WhatsApp para no perderte la información más importante

Con ese fallo, la Sala Regional Ciudad de México corrigió la plana a los órganos electorales en la entidad poblana y le dio la razón al candidato a alcalde de Fuerza por México (FxM), Juan Lira Maldonado, quien acusó irregularidades por parte de los mismos.

En sesión virtual de esta noche, las y los magistrados resolvieron el juicio SCM-JDC-2416/2024 promovido por el abanderado de FxM en Puebla, en donde se pronunció en contra de la decisión del IEE de no declarar la validez de la elección en ese municipio de la zona norte de Puebla, misma que fue ratificada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

De acuerdo con el análisis, las y los magistrados le dieron la razón a Lira Maldonado al señalar que el IEE tenía el deber de realizar el cómputo de todos los paquetes de la jornada electoral del 2 de junio, pues sólo de esa manera era posible conocer si existía o no alguna inconsistencia en los resultados de las casillas.

Ante esto, se expuso que, a pesar de que el IEE justificó que se rompió la cadena de custodia de los votos, por los hechos de violencia que se presentaron en esa demarcación tras el cierre de las casillas, lo que el árbitro electoral tuvo que hacer era reconstruir los resultados electorales y no declarar la nulidad.

No existía una imposibilidad material ni jurídica para que el IEE realizara el procedimiento de reconstrucción de resultados, a fin de concluir con el cómputo de la elección (…) Lo que procedía era buscar la reconstrucción de los resultados y no declarar la nulidad de la elección se hizo hincapié.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Bajo este análisis, la Sala Regional del Tribunal Federal avaló por unanimidad de votos revocar la resolución impugnada y con ello ordenó que el organismo liderado por Blanca Cruz García debe realizar el cómputo de la elección en un plazo de 48 horas a partir de la notificación de la sentencia.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) descartó la anulación de la elección en Chignahuapan y con ello determinó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) debe hacer el cómputo en un plazo de 48 horas.

➡️ Únete al canal de El Sol de Puebla en WhatsApp para no perderte la información más importante

Con ese fallo, la Sala Regional Ciudad de México corrigió la plana a los órganos electorales en la entidad poblana y le dio la razón al candidato a alcalde de Fuerza por México (FxM), Juan Lira Maldonado, quien acusó irregularidades por parte de los mismos.

En sesión virtual de esta noche, las y los magistrados resolvieron el juicio SCM-JDC-2416/2024 promovido por el abanderado de FxM en Puebla, en donde se pronunció en contra de la decisión del IEE de no declarar la validez de la elección en ese municipio de la zona norte de Puebla, misma que fue ratificada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

De acuerdo con el análisis, las y los magistrados le dieron la razón a Lira Maldonado al señalar que el IEE tenía el deber de realizar el cómputo de todos los paquetes de la jornada electoral del 2 de junio, pues sólo de esa manera era posible conocer si existía o no alguna inconsistencia en los resultados de las casillas.

Ante esto, se expuso que, a pesar de que el IEE justificó que se rompió la cadena de custodia de los votos, por los hechos de violencia que se presentaron en esa demarcación tras el cierre de las casillas, lo que el árbitro electoral tuvo que hacer era reconstruir los resultados electorales y no declarar la nulidad.

No existía una imposibilidad material ni jurídica para que el IEE realizara el procedimiento de reconstrucción de resultados, a fin de concluir con el cómputo de la elección (…) Lo que procedía era buscar la reconstrucción de los resultados y no declarar la nulidad de la elección se hizo hincapié.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Bajo este análisis, la Sala Regional del Tribunal Federal avaló por unanimidad de votos revocar la resolución impugnada y con ello ordenó que el organismo liderado por Blanca Cruz García debe realizar el cómputo de la elección en un plazo de 48 horas a partir de la notificación de la sentencia.

Local

Deuda de más de 680 mdp dejará Adán Domínguez a administración de José Chedraui

Los regidores reprocharon que se haya gastado más de lo que se recibió y que no se le haya pagado a proveedores y contratistas

Policiaca

Así secuestró comando a empresario gallero asesinado en Texmelucan [Video]

Varios sujetos con armas largas y equipo táctico ingresaron a la casa y, tan solo unos cuantos minutos después, lo despojaron de su libertad

Local

Reeligen a secretario general de la Central de Abasto, bodegueros se inconforman

Los bodegueros explicaron que ni siquiera el presidente del Consejo General, Jesús Conde Visconti, sabía de la nueva asamblea y votación

Local

ISSSTEP considerará aumento salarial después de protestas de los trabajadores

El ISSSTEP aseguró que trabaja para garantizar los derechos humanos y laborales de la base trabajadora

Estado

Preocupa a empresarios textileros competencia desleal con productos originarios de China

Empresarios destacaron que la industria textil en México es de las pocas que tiene toda la cadena de producción dentro del país

Finanzas

Puebla cuenta con 350 marcas de franquicias, ¿cuáles tienen mayor cantidad?

Puebla se coloca en la cuarta posición a nivel nacional con la mayor concentración de este tipo de negocios