/ jueves 28 de abril de 2022

TEPJF ordena sancionar a Eduardo Rivera por violar veda electoral

El Tribunal determinó que el alcalde incurrió en promoción personalizada y difusión de propaganda gubernamental en veda electoral

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) ordenó a la Contraloría Municipal de Puebla sancionar al alcalde Eduardo Rivera Pérez, por difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido e incurrir en promoción personalizada durante el proceso de revocación de mandato.

Así lo declaró este jueves 28 de abril, al resolver el procedimiento especial sancionador de órgano distrital con el expediente SRE- PSD-7/2022, que se integró tras la queja presentada por el delegado en funciones de secretario de Organización y dirigente estatal de Morena en Puebla, Aristóteles Belmont Cortés.

La Sala Especializada determinó que el presidente municipal de Puebla, emanado del PAN, incurrió en promoción personalizada y difusión de propaganda gubernamental en veda electoral, es decir en periodo prohibido durante el proceso revocatorio del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

Lo anterior con motivo de una publicación en la red social Twitter que contiene propaganda de gobierno, ya que hizo referencia a una mejora de movilidad y con ello buscó adhesión o persuasión de la ciudadanía en su administración municipal.

Por ello, la Sala Especializada ordenó dar vista a la Contraloría Municipal de Puebla, con la finalidad de que determine la sanción aplicable para el alcalde.

La queja contra el munícipe fue presentada el 18 de febrero de este año ante la Junta Local 21 del INE en Puebla, por parte del dirigente estatal de Morena, Aristóteles Belmont, por violar la veda electoral que se implementó durante el proceso de revocación de mandato que organizó el INE en el país.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) ordenó a la Contraloría Municipal de Puebla sancionar al alcalde Eduardo Rivera Pérez, por difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido e incurrir en promoción personalizada durante el proceso de revocación de mandato.

Así lo declaró este jueves 28 de abril, al resolver el procedimiento especial sancionador de órgano distrital con el expediente SRE- PSD-7/2022, que se integró tras la queja presentada por el delegado en funciones de secretario de Organización y dirigente estatal de Morena en Puebla, Aristóteles Belmont Cortés.

La Sala Especializada determinó que el presidente municipal de Puebla, emanado del PAN, incurrió en promoción personalizada y difusión de propaganda gubernamental en veda electoral, es decir en periodo prohibido durante el proceso revocatorio del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

Lo anterior con motivo de una publicación en la red social Twitter que contiene propaganda de gobierno, ya que hizo referencia a una mejora de movilidad y con ello buscó adhesión o persuasión de la ciudadanía en su administración municipal.

Por ello, la Sala Especializada ordenó dar vista a la Contraloría Municipal de Puebla, con la finalidad de que determine la sanción aplicable para el alcalde.

La queja contra el munícipe fue presentada el 18 de febrero de este año ante la Junta Local 21 del INE en Puebla, por parte del dirigente estatal de Morena, Aristóteles Belmont, por violar la veda electoral que se implementó durante el proceso de revocación de mandato que organizó el INE en el país.

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