/ jueves 28 de julio de 2022

TEPJF rechaza queja por violencia política de género contra Claudia Rivera

El TEPJF rechazó que el secretario del IEE haya sido omiso en emitir medidas cautelares tras la acusación

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó que el secretario ejecutivo del IEE, César Huerta Méndez, haya sido omiso en emitir medidas cautelares o por no iniciar un proceso especial sancionador.

En sesión virtual, los magistrados resolvieron el juicio con clave SCM-JE-51/2022, en el que se mantuvo en secreto el nombre de la persona que promovió el recurso; sin embargo, el caso está relacionado con el expediente TEEP-JDC-081/2022 resuelto por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) sobre un presunto caso de violencia política de género en contra de la expresidenta Claudia Rivera Vivanco.

En el expediente del tribunal local, la inconforme acusó que la secretaría ejecutiva del IEE filtró información a diversos actores denunciados por violencia política de género en contra de la mencionada, con la intención de que destruyeran u ocultaran los enlaces web que mostraban las agresiones.

No obstante, en la resolución de 19 de mayo de este año, el TEEP negó que los señalados hubieran incurrido en los actos acusados por Rivera Vivanco y descartó la acusación atribuible a Huerta Méndez y por ello acudió al máximo tribunal.

En este sentido, la Sala Regional calificó de infundado e inoperante el señalamiento de que el TEEP reconoció la supuesta negligencia del IEE que provocó la destrucción de algunos enlaces web, pues el pleno concluyó que eso no resulta atribuible al secretario general, quien en su momento ordenó la verificación del material probatorio.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó que el secretario ejecutivo del IEE, César Huerta Méndez, haya sido omiso en emitir medidas cautelares o por no iniciar un proceso especial sancionador.

En sesión virtual, los magistrados resolvieron el juicio con clave SCM-JE-51/2022, en el que se mantuvo en secreto el nombre de la persona que promovió el recurso; sin embargo, el caso está relacionado con el expediente TEEP-JDC-081/2022 resuelto por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) sobre un presunto caso de violencia política de género en contra de la expresidenta Claudia Rivera Vivanco.

En el expediente del tribunal local, la inconforme acusó que la secretaría ejecutiva del IEE filtró información a diversos actores denunciados por violencia política de género en contra de la mencionada, con la intención de que destruyeran u ocultaran los enlaces web que mostraban las agresiones.

No obstante, en la resolución de 19 de mayo de este año, el TEEP negó que los señalados hubieran incurrido en los actos acusados por Rivera Vivanco y descartó la acusación atribuible a Huerta Méndez y por ello acudió al máximo tribunal.

En este sentido, la Sala Regional calificó de infundado e inoperante el señalamiento de que el TEEP reconoció la supuesta negligencia del IEE que provocó la destrucción de algunos enlaces web, pues el pleno concluyó que eso no resulta atribuible al secretario general, quien en su momento ordenó la verificación del material probatorio.

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