Las comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia, Igualdad de Género y Familia aprobaron una reforma para tipificar como delito la violencia vicaria y establecer una sanción de hasta 11 años de prisión a los varones que la ejerzan.
Durante el desahogo de la sesión se especificó que por el término violencia vicaria se entenderán aquellos actos intencionales mediante los cuales la pareja sentimental de una mujer busca dañarla a través de sus hijas o hijos.
“IX. Violencia Vicaria. Es todo acto u omisión intencional, con el objeto de causar daño a la víctima a través del perjuicio, maltrato, descuido y/o manipulación de las hijas y los hijos; así como el daño o menoscabo del vínculo filial con la víctima”.
ANEXAN VIOLENCIA VICARÍA COMO UNA AGRAVANTE
Las modificaciones al Código Penal del Estado especifican que la violencia vicaria será anexada como una agravante a la violencia familiar, la cual establece que se impondrán de dos a ocho años de prisión.
Esto quiere decir que aquellos varones que violenten a las personas del sexo femenino mediante sus hijos podrían ser acreedores de dos años y medio de cárcel a 10 años con ocho meses de cárcel.
En lo que respecta a las multas irían de los seis mil 350 pesos hasta los 25 mil 594 pesos.
En entrevista posterior a la aprobación del dictamen, la diputada local Mónica Silva aclaró que ese tipo de agresiones solo las ejercen los varones contra las mujeres.
“La realidad es que la violencia vicaria únicamente se puede ejercer de hombres a mujeres. Hoy centramos la discusión en que tenemos que ver que el tipo de violencia vicaria solo es ejercida así (…) no puede en ningún momento verse desde otra perspectiva que no sea con la perspectiva de género”, concluyó.