Miguel Ángel García Martínez, titular del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla (ISSSTEP) recibió dos recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos (CDH) debido a que la institución hospitalaria registró atrasos de hasta cuatro años en los procedimientos de jubilación y no les da fecha a los solicitantes. Incluso los casos fueron turnados al Ministerio Público.
La primera recomendación tiene el número: 20/2022 con el expediente: 3706/2021. De acuerdo con este documento, la CDH recibió una queja por actos presuntamente violatorios a derechos humanos cometidos en agravio de un trabajador del ISSSTEP, quien gestionó los trámites necesarios para iniciar su procedimiento de jubilación, por lo que le otorgaron la clave de trámite CT1; sin embargo, no ha recibido alguna respuesta.
Ante este hecho, la Comisión arrancó una investigación y envío una propuesta de conciliación a García Martínez para que el afectado tuviera lo que pidiera sin que esto generara problemas en la empresa en la que tantos años laboró. Sin embargo, la CDH dejó asentado que cuenta con elementos de “convicciones suficientes” para acreditar violaciones al derecho humano de petición.
“A 24 meses de haber sido presentada, no se le ha dado contestación por parte de la autoridad señalada como responsable, transcurriendo en exceso lo que se podría considerar un plazo razonable (…) Si bien es cierto, la agraviada se duele de que la autoridad ha sido omisa en pronunciarse sobre su solicitud de jubilación, lo que desde su perspectiva se traduce en violación a sus derechos humanos”, se pudo leer.
Debido a que el ISSSTEP ha sobrepasado el plazo razonable para dictaminar respecto al trámite de pensión solicitado por la parte peticionaria, el organismo solicitó lo siguiente: resolver a la brevedad respecto al otorgamiento o no de la pensión solicitada. Debe de ser una respuesta congruente, rápida, fundada y motivada, sobre la solicitud de la agraviada, debiendo notificarle tal determinación; lo que deberá documentar ante este organismo.
Incluso, el documento fue enviado a un agente del Ministerio Público para que se investiguen los hechos con apariencia de delito con base en las consideraciones a que se contrae este documento.
El otro caso fue la recomendación número: 21/2022 con el expediente 4443/2021 para solicitar la apertura de un expediente pensionario, en la modalidad de retiro por edad y tiempo de servicios. Posteriormente se comunicó vía telefónica para solicitar
información respecto a su solicitud, pero le informaron que le hablarían hasta en 6 meses y que su trámite pensionario duraría cuatro años.
La Comisión actúo de la misma manera en cuanto a la investigación y pidió al Instituto resolver a la brevedad respecto al otorgamiento o no de la pensión solicitada. En suma, que solicitó que dé vista al Órgano Interno de Control del ISSSTEP, para que determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de responsabilidad por las omisiones de los servidores públicos que estuvieron involucrados en los presentes hechos.
En este caso, de nueva cuenta pidieron que se investigue las omisiones. “Con las facultades conferidas en el artículo 21 de la CPEUM, se sirva girar instrucciones al agente del Ministerio Público que corresponda a efecto de que se investiguen los hechos con apariencia de delito con base en las consideraciones”, concluyeron.