/ viernes 24 de diciembre de 2021

Turnan al Tribunal de Puebla juicio de Genoveva Huerta 

Esta instancia tiene un plazo máximo de 5 días para pronunciarse respecto a las medidas cautelares solicitadas.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) turnó al tribunal de Puebla el juicio que promovió la excandidata a la dirigencia estatal del PAN, Genoveva Huerta Villegas, en el cual acusó violencia política de género de su partido y solicitó medidas cautelares.

Este jueves 23 de diciembre, la Sala Regional publicó el acuerdo plenario por el cual determinó reencauzar la impugnación de la diputada federal del PAN al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), instancia que en un plazo máximo de 5 días deberá pronunciarse respecto a las medidas cautelares solicitadas.

Esta Sala Regional considera que la parte actora no agotó la instancia local, por tanto, su demanda no cumple el principio de definitividad. No se actualiza algún supuesto de excepción que permita a esta instancia conocer la controversia y, por el contrario, debe privilegiarse el agotamiento de la cadena impugnativa previa y reencauzarse el asunto a la competencia del Tribunal Local”, determinó.

En el juicio que interpuso el pasado 15 de diciembre, Genoveva Huerta acusó que la Comisión de Justicia del Consejo Nacional, la Comisión Estatal Organizadora y el Comité Directivo Estatal del PAN en Puebla ejercen en su contra violencia política de género, porque le ocultaron información del juicio de inconformidad que promovió en contra del proceso de selección interna, el cual ganó la dupla integrada por Augusta Díaz de Rivera Hernández y Marcos Castro Martínez.

A decir de la diputada federal, dichas acciones y omisiones afectan directamente sus derechos político-electorales, al ocultarle información que ha requerido y resulta necesaria para su defensa, lo que representa una restricción a su derecho de afiliación y militancia político-partidista, así como su derecho como mujer.

“De la demanda, esta Sala Regional advierte que la parte actora no justifica la necesidad de acudir a esta sala en salto de la instancia, ni se advierte que el agotamiento de la instancia previa pudiera afectar o extinguir sus derechos”, indica el acuerdo del tribunal electoral con sede en la Ciudad de México.

Horas después de que Genoveva Huerta promovió esta impugnación, la Comisión de Justicia desechó la queja que presentó en contra de la elección del 14 de noviembre y confirmó el triunfo de Díaz de Rivera y Castro como presidenta y secretario general del Comité Directivo Estatal (CDE) para el periodo 2021-2024.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) turnó al tribunal de Puebla el juicio que promovió la excandidata a la dirigencia estatal del PAN, Genoveva Huerta Villegas, en el cual acusó violencia política de género de su partido y solicitó medidas cautelares.

Este jueves 23 de diciembre, la Sala Regional publicó el acuerdo plenario por el cual determinó reencauzar la impugnación de la diputada federal del PAN al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), instancia que en un plazo máximo de 5 días deberá pronunciarse respecto a las medidas cautelares solicitadas.

Esta Sala Regional considera que la parte actora no agotó la instancia local, por tanto, su demanda no cumple el principio de definitividad. No se actualiza algún supuesto de excepción que permita a esta instancia conocer la controversia y, por el contrario, debe privilegiarse el agotamiento de la cadena impugnativa previa y reencauzarse el asunto a la competencia del Tribunal Local”, determinó.

En el juicio que interpuso el pasado 15 de diciembre, Genoveva Huerta acusó que la Comisión de Justicia del Consejo Nacional, la Comisión Estatal Organizadora y el Comité Directivo Estatal del PAN en Puebla ejercen en su contra violencia política de género, porque le ocultaron información del juicio de inconformidad que promovió en contra del proceso de selección interna, el cual ganó la dupla integrada por Augusta Díaz de Rivera Hernández y Marcos Castro Martínez.

A decir de la diputada federal, dichas acciones y omisiones afectan directamente sus derechos político-electorales, al ocultarle información que ha requerido y resulta necesaria para su defensa, lo que representa una restricción a su derecho de afiliación y militancia político-partidista, así como su derecho como mujer.

“De la demanda, esta Sala Regional advierte que la parte actora no justifica la necesidad de acudir a esta sala en salto de la instancia, ni se advierte que el agotamiento de la instancia previa pudiera afectar o extinguir sus derechos”, indica el acuerdo del tribunal electoral con sede en la Ciudad de México.

Horas después de que Genoveva Huerta promovió esta impugnación, la Comisión de Justicia desechó la queja que presentó en contra de la elección del 14 de noviembre y confirmó el triunfo de Díaz de Rivera y Castro como presidenta y secretario general del Comité Directivo Estatal (CDE) para el periodo 2021-2024.

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