Tras una ponencia del ministro Eduardo Medina Mora, la SupremaCorte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionaluna parte del Artículo 300 del Código Civil del Estado de Puebla,con lo que las parejas del mismo sexo podrán unirse en matrimoniosin necesidad de ganar un amparo ante la justicia federal.
En el inició del segundo periodo ordinario de sesiones delMáximo Tribunal del país, los ministros resolvieron la acción deinconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional deDerechos Humanos (CNDH).
Esta resolución ocurre pese a que el Congreso del Estado se hanegado reiteradamente a legislar para hacer posible uniones entrepersonas del mismo sexo.
Además de ello, la mayoría de los diputados locales hanmostrado desinterés por legislar acerca de temas para la comunidadLésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero e Intersexual(LGBTTTI), como el cambio de identidad sexogenérica.
El ministro responsable de presentar el proyecto ante el Plenofue Eduardo Medina Mora, quien resaltó: “implícitamentegenera una violación del principio de igualdad porque a partir deeste propósito se da un trato diferenciado a parejas homosexualesrespecto de las heterosexuales, al excluir de la posibilidad decontraer matrimonio a personas del mismo sexo”.
Con esta determinación, las personas del mismo sexo que quierancontraer matrimonio ya no tendrán que recurrir a una controversia.El máximo tribunal destacó que la legislación poblana daba untrato diferente al dicha parejas al excluirlas del matrimonio.